Articulación intersectorial - Núm. 50, Septiembre 2018 - Serie Informe Legislativo - Libros y Revistas - VLEX 741269781

Articulación intersectorial

AutorMaría Trinidad Schleyer G.
CargoAbogada de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Desde enero de 2018 se desempeña como investigadora del Programa Legislativo de LyD
Páginas21-24
Libertad y Desarrollo
ebido a que son múltiples los órganos guberna-
mentales destinados a la infancia y que aumen-
tarán en lo sucesivo, es necesario que exista un
adecuado trabajo de coordinación entre ellos, para
evitar ineciencias, duplicidad de servicios y miradas par-
celadas de las problemáticas de los niños y adolescentes
y, a consecuencia de lo anterior, una sobre intervención en
ellos y en sus familias55. Esto último suele ser dañino y pue-
de ser incluso una fuente de “victimización secundaria”56.
Efectivamente, una de las críticas que se ha realizado al
Sename es no tener la adecuada coordinación con los dis-
tintos entes públicos de protección social57, a pesar que
entre sus funciones se encuentra la de efectuar la coordi-
nación técnico-operativa de las acciones que ejecuten las
instituciones públicas y privadas en favor de los menores
en protección.
Una de las razones que se ha esgrimido para explicar la
imposibilidad actual de trabajar coordinadamente es que
existen reticencias entre los distintos sectores involucra-
dos para interactuar entre sí, debido al predominio de un
enfoque que está más centrado en la prestación ofrecida
que en el sujeto de la atención. Por ello, en la Política Nacio-
nal de la Niñez y de la Adolescencia (2015-2025), elaborada
por el Consejo Nacional por la Infancia, se maniesta que
para lograr una articulación intersectorial que permita un
abordaje más integral del niño es necesario que exista un
marco normativo de reconocimiento de éste como sujeto
de derechos que los obligue a todos. Este marco es el Sis-
tema de Garantías de la Niñez, que consideraban permitiría
avanzar a todos los organismos bajo un solo paradigma:
hacia el efectivo respeto a los derechos de los NNA58. Este
D
4. ARTICULACIÓN INTERSECTORIAL
sistema de garantías debía ser denido por ley, para lo cual
el Consejo colaboró en la elaboración de un proyecto que
se encuentra en tramitación en el Congreso Nacional, pero
cuya discusión será retomada en cuanto el Ejecutivo pre-
sente indicaciones59. Sin embargo, si bien es muy impor-
tante el reconocimiento de los derechos de todos los niños,
estos ya se encuentran vigentes en nuestro país, al haber
suscrito los tratados internacionales, considerándose ley
para todos los efectos. Por ello, la sola dictación de esta
norma no asegura un trabajo consensuado entre los dis-
tintos actores, sino más bien es necesario que además se
generen instancias concretas de coordinación.
En la misma línea, la UNICEF, junto con recalcar la nece-
sidad de aquél marco normativo, recomendó a los países
que rmaron la Convención dotar a un organismo de facul-
tades de coordinación sobre el resto de las instituciones
de infancia que tuvieran responsabilidad de ello, como uno
de los tantos pasos necesarios para el adecuado aterrizaje
en la legislación nacional de lo acordado en la Convención.
Francis Valverde, representante de la Asociación Chilena
Pro Naciones Unidas, alineado con esta teoría, planteó la
necesidad de la existencia de un ente rector, ya fuera el Mi-
nisterio de Desarrollo Social u otro organismo, que tuviera
“…capacidad de articulación y poder de decisión al más alto
nivel en las políticas públicas de todos los ministerios invo-
lucrados directamente en el bienestar de los niños, niñas y
adolescentes -como lo son el de Educación, Salud, de Jus-
ticia, Deporte, Seguridad Social, Cultura, etc.-, de modo de
poder garantizar el respeto y promoción de los derechos;
contar con responsabilidad política y legal; estar dotado de
mecanismos administrativos y judiciales descentralizados
y diferenciados. Finalmente, debe ser responsable de pro-
Juretic, Jerko y Fuenzalida, Javier. “Diseño Institucional de un nuevo Sistema
de Protección Integral de la Infancia y Adolescencia en Chile: Principios y
componentes esenciales.” Serie Sistemas Públicos N°11, mayo 2015. Centro
de Sistemas Públicos, 2015.
55
Viveros, Felipe en UNICEF. “Nueva Institucionalidad de Infancia y Adolescencia
en Chile (Aportes de la sociedad civil y del mundo académico”. Serie reflexiones
Infancia y Adolescencia N°13. Santiago, 2012. Página 20.
56
Mettifogo, Decio y Sepúlveda, Rodrigo. “La situación y el tratamiento de jóvenes
infractores en Chile” Serie de Estudios CESC. Universidad de Chile. Página 64;
en Fuenzalida, Daniela. “Protección jurídica y social de la infancia: Situación
57
actual en Chile desde la perspectiva del Derecho Público”. Memoria para optar
al grado de licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales. Universidad de Chile,
Santiago, 2014. Página 79.
Consejo Nacional por la Infancia. Política Nacional de la Niñez y Adolescencia.
Sistema Integral de Garantías de Derechos de la Niñez y Adolescencia 2015-
2025. Página 53.
58
En el marco del Acuerdo por la Infancia el Ejecutivo se comprometió a
presentar indicaciones a este proyecto en septiembre de 2018.
59
21

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