Artículo 21 - Del ingreso - De la carrera funcionaria - Estatuto Administrativo Interpretado. Tomo I - Libros y Revistas - VLEX 321989507

Artículo 21

AutorRolando Pantoja Bauzá
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Administrativo. Presidente del Instituto Chileno de Derecho Administrativo , Universidad de Chile. Universidad La República
Páginas302-307
302
La libertad de la autoridad administrativa para fijar las pautas con-
cursales a que deberá someterse la provisión de los empleos, la obli-
ga, en todo caso, a atenerse a las disposiciones establecidas en los
artículos 17 a 20 de la Ley Estatutaria.
20.7) DICTAMEN Nº 33.172, DE 1995
Corresponde a la autoridad llamada a extender el nombramiento de-
terminar las bases y condiciones de dichos certámenes y el procedi-
miento para evaluar los requisitos y méritos de los postulantes, las que
una vez aprobadas son obligatorias para el servicio y para los interesa-
dos en el cargo.
En todo caso, deben observarse las disposiciones estatutarias de
los artículos 18 al 20, que contienen los requisitos generales a que de-
ben someterse los concursos.
20.8) EL ARTÍCULO 210 DEL CP
Artículo 210. El que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere
falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas
de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a
diez unidades tributarias mensuales.
Artículo 21. El concurso será preparado y realizado por un co-
mité de selección, conformado por el jefe o encargado de per-
sonal y por quienes integran la junta central o regional a que
se refiere el artículo 35, según corresponda, con excepción
del representante de personal.
No podrán integrar el comité las personas que tengan los
parentescos o calidades que señalan la letra b) del artículo
54 de la Ley Nº 18.575.
El comité podrá funcionar siempre que concurra más del
50% de sus integrantes, sin incluir al jefe encargado de per-
sonal, quien siempre lo integrará.
Como resultado del concurso el comité de selección pro-
pondrá a la autoridad facultada para efectuar el nombramien-
to, los nombres de los candidatos que hubieren obtenido los
mejores puntajes, con un máximo de tres, respecto de cada
cargo a proveer.
ARTÍCULO 21

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