Artículo 47 - De las calificaciones - De la carrera funcionaria - Estatuto Administrativo Interpretado. Tomo I - Libros y Revistas - VLEX 321989867

Artículo 47

AutorRolando Pantoja Bauzá
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Administrativo. Presidente del Instituto Chileno de Derecho Administrativo , Universidad de Chile. Universidad La República
Páginas393-395
393
Artículo 47. Los factores de evaluación y su ponderación se
fijarán en los reglamentos respectivos a que se refiere el ar-
tículo 37.
Interpretación
47.1) EL REGLAMENTO GENERAL DE CALIFICACIONES FUE APROBADO
POR EL DECRETO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 1.825, DE 1998
Este reglamento, en su Título II: “Del proceso calificatorio”, párrafo 2º:
“Los factores de calificación”, señala los factores, subfactores y los co-
eficientes por los cuales deberá multiplicarse la nota de cada factor para
obtener el puntaje que permitirá incorporar al funcionario a una de
las listas de calificaciones contempladas en el Estatuto Administrativo.
47.2) REGLAMENTO GENERAL DE CALIFICACIONES, DECRETO Nº 1.825,
DE 1998, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, ARTÍCULOS 16 Y 17
Artículo 16. Los factores y subfactores que se evaluarán serán los siguien-
tes: 1. Rendimiento:
Mide el trabajo ejecutado durante el período, en relación a las ta-
reas encomendadas.
Comprende la valoración de los siguientes subfactores:
a) Cumplimiento de la labor realizada: mide la realización de los
trabajos asignados y la rapidez y oportunidad en su ejecución.
b) Calidad de la labor realizada: evalúa las características de la la-
bor cumplida y la ausencia de errores en el trabajo y la habilidad en
su ejecución.
2. Condiciones personales:
Evalúa la actitud del funcionario en su vinculación con los demás.
Comprende la valoración de los siguientes subfactores:
a) Interés por el trabajo que realiza: mide el deseo del funciona-
rio de perfeccionarse en el cumplimiento de sus obligaciones, de pro-
poner la realización de actividades y de soluciones ante los problemas
que se presenten y de proponer objetivos o procedimientos nuevos
para la mejor realización del trabajo asignado.
b) Capacidad de realizar trabajos en equipo: mide la facilidad de
integración del funcionario en equipos de trabajo, así como la cola-
boración eficaz que éste presta cuando se requiere que trabaje con
grupos de personas.
3. Comportamiento funcionario:
ARTÍCULO 47

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR