Aumenta la cobertura del Sistema de Pensiones - Núm. 53, Noviembre 2017 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 703348725

Aumenta la cobertura del Sistema de Pensiones

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Manual EjEcutivo La bor aL
de Auditoría y Riesgos. El Comité Directivo tendrá, entre sus principales tareas las
de elaborar, aprobar y revisar anualmente la política de inversiones y la política de
solucióndeconictosdeintereses,consujeciónalascualesdeberáninvertirselos
Fondos del Sistema.
El Consejo de Ahorro Colectivo contará, además, con una o un Contralor Interno y
una o un Gerente General del cual dependerán jerárquicam ente una o un Gerente de
Inversiones, una o un Gerente de Riesgos y una o un Fiscal, quienes, en el ámbito de
sus competencias, contribuirán a la adecuada administración del referido Consejo.
Para asegurar el recto ejercicio de las funciones que han sido atribuidas al Consejo
de Ahorro Colectivo, la ley impone diversos mecanismos de control, entre los
cuales pueden señalarse la sujeción a deberes de abstención y reserva, deberes
de transparencia activa, deberes de información y deberes de coordinación, entre
otros. También se le impone la obligación de presentar anualmente una memoria,
estadosnancierosauditadosdesupatr imonioy delo delosFondosdelSistema
ante los Ministerios de Hacienda y del Trabajo y Previsión Social y a las comisiones
de Hacienda y Trabajo y Seguridad Social de la H. Cámara de Diputados, y de facilit ar
todos los antecedentes que se le requieran para que los Ministerios antes señalad os
puedan efectuar, cada tres años, una evaluación general del funcionamiento del
Sistema de Ahorro Previsional Colectivo.
En relación al personal del Consejo de Ahorro Colectivo, aquél se regirá por las
disposiciones que la ley que lo regula prescriba y, supletoriamente, por el Código
del Trabajo.
Finalmente, se establece un procedimiento ante la o el Contralor Interno del C onsejo
de Ahorro Colectivo para que las o los interesados p uedan reclamar frente a errores
decálculoy de transferenciadelos benecios previstos enel Sistema deAhorro
Previsional Colectivo, así también se regula una instancia de reclamación judicial
una vez agotada la vía ante el Consejo.
2.Aumenta la cobertura del Sistema de Pensiones
a. Incremento al límite máximo imponible
Este límite se incrementará para efectos de la cotización obligatoria para p ensiones,
salud y accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, i gualándolo al que aplica
al seguro de cesantía, en forma gradual en un período de cinco años.
Estamodicaciónpermitiráquequienescoticenporeltopeimponibleajustenelmonto
de su cotización, lo cual contribuirá a un incremento en el monto de su pensión.
En todo caso, la comisión a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) se
pagará sólo hasta un límite de 76 Unidades de Fomento (similar al tope imponible
actualmente vigente), siendo incorporado a las cuentas de capitalización individual
el exceso que se pague por sobre dicho monto.

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