Las bases de la Teoría del Delito
Autor | Fernando Velásquez V. |
Páginas | 541-590 |
541
* Bibliografía: AGUDELO BETANCUR, NÓDIER: Inimputabilidad y responsabilidad penal, Bo-
gotá, Temis, 1984; el mismo: Los “inimputables” frente a las causales de justificación e inculpa-
bilidad, 2ª ed., Bogotá, Temis, 1986; el mismo: Defensa putativa. Teoría y práctica, Medellín,
Litomadrid, 1990; el mismo: “Diversos contenidos de la estructura del delito”, en NFP,
núm. 1, Medellín, Acosta, 1978, págs. 1 y ss.; el mismo: Curso de derecho penal. Esquemas del
delito, 3ª reimpresión de la 3ª ed., Bogotá, Temis, 2007; el mismo: Grandes corrientes del
derecho penal (Escuela positivista), Santa Fe de Bogotá, D. C., Linotipia Bolívar, 1991; el
mismo: La estructura del delito en el nuevo Código Penal, Medellín, Ediciones Nuevo Foro,
sin fecha; AMBOS, KAI: “100 años de la ‘Teoría del Delito’ de Beling: ¿Renacimiento del
concepto causal de delito en el ámbito internacional?”, en Javier Llobet Rodríguez:
Justicia Penal y Estado de Derecho. Homenaje a Francisco Castillo González, San José de Costa
Rica, Editorial Jurídica Continental, 2007, págs. 271 y ss.; BELING, ERNST VON: El rector de
los tipos de delito, trad. de L. Prieto Castro y J. Aguirre Cárdenas, 1ª ed., Madrid, Reus,
1936; BERNAL CUELLAR, JAIME y AA. VV.: La reforma al sistema penal. Comentarios de la Pro-
curaduría General de la Nación, Bogotá, Procuraduría General de la Nación, 1999; BORJA
JIMÉNEZ, EMILIANO: Tendencias contemporáneas en la teoría jurídica del delito, San José de
Costa Rica, Mundo Gráfico, 2000; el mismo: “Algunos planteamientos dogmáticos en la
teoría política del delito en Alemania, Italia y España”, en NFP, núm. 59, Bogotá, Temis,
1993, págs. 48 y ss.; BOTERO BERNAL, JOSÉ FERNANDO: “Visión crítica de la metodología
de las sistemáticas teleológicas en el Derecho penal” en Fernando Velásquez V. (Coordi-
nador): Derecho penal liberal y dignidad humana. Libro homenaje al Dr. Hernando Londoño Ji-
ménez, Bogotá, Temis, 2005, págs. 133 y ss.; BUSCH, RICHARD: Moderne Wandlungen der
Verbrechenslehre, Tübingen, J. C. B. Mohr, 1949; el mismo: Modernas transformaciones en la
teoría del delito, sin nombre del traductor, Bogotá, Temis, 1980; CEREZO MIR, JOSÉ: Proble-
mas fundamentales del derecho penal, Madrid, Tecnos, 1982; C
ÓRDOBA
R
ODA
, J
UAN
: Una
nueva concepción del delito. La doctrina finalista, Barcelona, Ariel, 1963; CUETO RÚA, JULIO:
Fuentes del derecho, reimpresión, Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1965; D
E
F
IGUEIREDO
D
ÍAS
,
JORGE: “culpa y personalidad. Para una reconstrucción ético-jurídica del concepto de culpabilidad
en Derecho penal”, trad. de Carmen Lencastre de Albuquerque y Joaquín Cuello Contreras,
en CPC, núm. 31, Madrid, Edersa, 1987, págs. 5 y ss.; DOHNA, ALEXANDER GRAF ZU: Der
Aufbau der Verbrechenslehre, 2ª ed., Bonn, Ludwig Röhrscheid Verlag, 1941; el mismo: La
estructura de la teoría del delito, trad. de la 4ª ed. alemana por Carlos Fontán Balestra y
Eduardo Friker, Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1958; D
URÁN
M
IGLIARDI
, M
ARIO
: Introduc-
ción a la Ciencia Jurídico-penal contemporánea, Santiago, Ediciones Jurídicas de Santiago,
2006; FERNÁNDEZ CARRASQUILLA, JUAN: “Hacia una dogmática penal sin culpabilidad”,
en NFP, núm. 16, Bogotá, Temis, 1982, págs. 954 y ss.; el mismo: “Hacia un Derecho
CAPÍTULO NOV ENO
LAS BASES DE LA TEORÍA DEL DELITO*
DERECHO PE NAL. PARTE GE NERAL
542
penal de la liberación” en Criminología Crítica. I Seminario, Medellín, Universidad de
Medellín, 1984, págs. VII y ss.; el mismo: “Sobre el subjetivismo en el último derecho
penal alemán”, en NFP núm. 15, Bogotá, Temis, 1982, págs. 795 y ss.; FERRAJOLI, LUIGI:
Derecho y razón, trad. de Perfecto Andrés Ibáñez/Alfonso Ruiz Miguel/Juan Carlos Bayón
Mohino/Juan Terradillos Basoco/Rocío Cantarero Bandrés, Madrid, Trotta, 1995; F
ERRI
,
ENRICO: “Relazione sul Progetto preliminare di Codice Penale italiano”, en La Scuola
Positiva I, Milano, Casa Editrice Dottor Francesco Vallardi, 1921, págs. 1 y ss.; FISCHER,
HANS ALBRECHT: Die Rechtswidrigkeit mit besonderer Berücksichtigung des Privatrechts, Frankfurt
am Main, Saber Auvermann, 1966/edición original: München, C. Beckschen Verlags-
buchhandlung, 1911; GAITÁN MAHECHA, BERNARDO: “Sobre el delito político y la actua-
lidad”, en Periódico El Tiempo, Bogotá, 1º de agosto de 2007; GÁLVEZ ARGOTE, CARLOS
AUGUSTO: “Acción e imputación en el nuevo Código Penal colombiano”, en Estudios
sobre los nuevos códigos penales, Bogotá, Universidad de Salamanca, Corte Suprema de
Justicia, 2001, págs. 87 y ss.; GALLAS, WILHELM: Zum gegenwärtigen Stand der Lehre vom
Verbrechen, Berlin, Walter de Gruyter, 1955; el mismo: La teoría del delito en su momento
actual, trad. de Juan Córdoba Roda, Barcelona, Bosch, 1959; GARCÍA CAVERO, PERCY:
“Tendencias modernas en la Dogmática jurídico-penal alemana”, en RCJ núm.1, año
2000, Buenos Aires, Fabián J. Di Plácido Editor, 2000, págs. 66 y ss.; GAROFALO, RAFFAE-
LE: Criminología, trad. de Pedro Dorado Montero, Madrid, La España Moderna, 1890;
GIMBERNAT ORDEIG, ENRIQUE: “El sistema del derecho penal en la actualidad”, en ¿Tie-
ne futuro la dogmática jurídico penal?, Bogotá, Temis, 1983, págs. 49 y ss.; GOLDSCHMIDT,
J
AMES
: “Das Verwaltungsstrafrecht im Verhältnis zur modernen Staats -und Rechtslehre”,
en Festgabe der Juristischen Gesellschaft zu Berlin. Richard Koch, Berlin, Otto Liebmann, 1903,
Penal. Una propuesta de interpretación desde el sistema de la Teoría del delito, Bogotá, Ediciones
Jurídicas Gustavo Ibañez, 2003; GÖSSEL, KARL HEINZ: Dos estudios sobre la teoría del delito,
Bogotá, Temis, 1984; HEGLER, AUGUST: “Die Merkmale des Verbrechens”, en ZStW, t. 36,
Berlin, Guttentag, 1915, págs. 19 y ss.; HIRSCH, HANS JOACHIM: “Die Entwicklung der
Strafrechtsdogmatik nach Welzel”, en Festschrift der Rechtswissenschaftlichen Fakultät zur
600 Jahr Feier der Universität zu Köln, Köln/Berlin/Bonn/München, Carl Heymanns
Verlag, 1988, págs. 402 y ss.; el mismo: “El desarrollo de la dogmática penal después de
Welzel”, trad. de Mariano Bacigalupo, en Miguel Polaino Navarrete: Estudios sobre la re-
forma penal, Córdoba, Universidad de Córdoba, 1987, págs, 19 y ss.; el mismo: La polémi-
ca en torno de la acción y de la teoría del injusto en la ciencia penal alemana, trad. de Carlos J.
Suárez González, Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 1993; J
AKOBS
, G
ÜNTHER
:
Estudios de Derecho penal, traducción y estudio preliminar de Enrique Peñaranda Ramos,
Carlos J. Suárez G., y Manuel Cancio Meliá, Madrid, Civitas, 1997; el mismo: Sociedad,
norma y persona en una teoría de un Derecho penal funcional, trad. de Manuel Cancio Meliá
y Bernardo Feijóo Sánchez, reimpresión, Madrid, Civitas, 2000; el mismo: Culpabilidad
en Derecho Penal. Dos cuestiones fundamentales. trad. de Manuel Cancio Meliá y Marcelo A.
Sancinetti, Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 2003; KAUFMANN, ARMIN: Die
Dogmatik der Unterlassungsdelikte, reimpresión de la 2ª ed., Göttingen, Otto Schwartz &
Co, 1988; LEVENE, RICARDO (h): Introducción al derecho contravencional, Buenos Aires,
Depalma, 1968; LONDOÑO BERRÍO, HERNANDO LEÓN: “Comentario” a sentencia de la
Corte Suprema de Justicia de 18 de octubre de 1988 en NFP, núm. 42, Bogotá, Temis,
1989, págs. 527 y ss.; MAURACH, REINHART: “Tres conferencias”, en Revista de la Univer-
sidad Externado de Colombia, vol. VI, núm. 3, diciembre de 1965, Bogotá, Universidad
Externado de Colombia, 1965, págs. 313 y ss.; MEZA MORALES, FERNANDO: “El positivis-
mo jurídico en el pensamiento de Francesco Carrara”, en Francesco Carrara. Homenaje
en el centenario de su muerte, Bogotá, Temis, 1988, págs. 299 y ss.; MEZGER, EDMUND: Mo-
derne Wege der Strafrechtsdogmatik, 3ª ed., Berlin/München, Duncker Humblot, 1949; el
mismo: Modernas orientaciones de la dogmática jurídico-penal, trad. de Francisco Muñoz
Conde, Valencia, Tirant lo Blanch, 2000; el mismo: “Die subjektiven Unrechtselemente”,
TEORÍ A DEL DELITO
543
en GS, núm. 89, Stuttgart, Ferdinand Enke, 1924, págs. 207 y ss.; MIR PUIG, SANTIAGO:
El derecho penal en el Estado social y democrático de derecho, Barcelona, Ariel, 1994; MUÑOZ
CONDE, FRANCISCO: Edmund Mezger y el derecho penal de su tiempo. Estudios sobre el derecho
penal del nacionalsocialismo, 3ª ed.,Valencia, Tirant lo Blanch, 2002; PEÑARANDA RAMOS,
ENRIQUE: “Sobre la influencia del funcionalismo y la teoría de sistemas en las actuales
concepciones de la pena y del concepto de delito”, Doxa, núm. 23, 2000, págs. 289 y ss.,
en http://cervantesvirtual.com/portal/DOXA; P
ÉREZ
, L
UIS
C
ARLOS
: Los Delitos políticos.
Interpretación Jurídica del 9 de Abril, Bogotá, Distribuidora Americana de Publicaciones
Limitada, 1948; PÉREZ PINZÓN, ÁLVARO ORLANDO: Introducción al derecho penal, 6ª ed.,
Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 2005; POSADA MAYA, RICARDO: “Los actos
delictivos realizados por paramilitares son delitos comunes”, en http://www.vivalaciu-
dadania.org/antsemanarios10.htm, Caja de Herramientas Nº 71, 2007; R
ADBRUCH
, G
USTAV
:
“Zur Systematik der Verbrechenslehre”, en Festgabe für Reinhard von Frank, I, Tübingen,
J. C. B. Mohr, 1930, págs. 158 y ss.; ROCCO, ARTURO: L’ oggetto del reato e della tutela giuri-
dica penale, Milano/Torino/Roma, Fratelli Bocca, 1913; ROXIN, CLAUS: Política criminal
y sistema del derecho penal, trad. de Francisco Muñoz Conde, Barcelona, Bosch, 1981; el
mismo: Problemas básicos del derecho penal, trad. de Diego Manuel Luzón Peña, Madrid,
Reus, 1976; el mismo: Política Criminal y estructura del delito, trad. de Juan Bustos Ramírez
y Hernán Hormazábal Malarée, Barcelona, Promociones y publicaciones Universitarias,
1992; el mismo: Culpabilidad y prevención en Derecho penal. Madrid, Reus, 1981; ROXIN,
CLAUS/JAKOBS, GÜNTHER/ SCHÜNEMANN, BERND/FRISCH, WOLFGANG/KÖHLER, MICHAEL:
Sobre el estado de la teoría del delito, Madrid, Civitas, 2000; SAGAN, CARL: El mundo y sus de-
monios. La ciencia como una luz en la oscuridad, trad. de Doris Udina, Santafe de Bogotá,
3ª reimpresión, 1997; S
ALAZAR
M
ARÍN
, M
ARIO
: Injusto penal y error, Bogotá, Ediciones
Jurídicas Gustavo Ibáñez, 1999; SÁNCHEZ HERRERA, ESIQUIO MANUEL: Dogmática penal
fundada en los principios constitucionales con orientación a las consecuencias, Bogotá, Edicio-
nes Jurídicas Gustavo Ibáñez, 2000; S
CHAFFSTEIN
, F
RIEDRICH
: La ciencia europea del derecho
penal en la época del Humanismo, trad. de José María Rodríguez Devesa, Madrid, Instituto
de Estudios Políticos, 1957; S
CHMIDT
, E
BERHARD
: Einführung in die Geschichte der deutschen
Strafrechtspflege, Göttingen, Vandenhoeck & Ruprecht, 1983; S
CHMIDHÄUSER
, E
BERHARD
:
“Zur Systematik der Verbrechenslehre”, en Gedächnitsschrift für Gustav Radbruch, Göttin-
gen, Vandenhoeck-Ruprecht, 1968, págs. 268 y ss.; el mismo: “Sobre la sistemática de la
teoría del delito”, trad. de Juan Bustos Ramírez, en NPP, Buenos Aires, Depalma, 1975,
págs. 41 y ss.; SCHÜNEMANN, BERND: Grundfragen des modernen Strafrechtssystems, Berlin/
New York, Walter de Gruyter, 1984; el mismo: El sistema moderno del derecho penal. Cuestio-
nes fundamentales, traducción, introducción y notas de Jesús María Silva Sánchez. Madrid,
Tecnos, 1991; el mismo: Consideraciones críticas sobre la situación espiritual de la ciencia ju-
rídico-penal alemana, traducción de Manuel Cancio Meliá, Bogotá, Universidad Externa-
do de Colombia, 1996; el mismo: “sobre el estado actual de la dogmática de los delitos
de omisión en Alemania”, trad. de Silvina Bacigalupo, en Enrique Gimbernat/Bernd
Schünemann/Jürgen Wolter: Omisión e imputación objetiva en Derecho penal, Madrid, Fa-
cultad de Derecho Universidad Complutense, 1994, págs. 11 y ss.; el mismo: Aspectos
puntuales de la Dogmática Jurídico-penal, Bogotá, Grupo Editorial Ibáñez/Universidad de
Santo Tomás, 2007; SERRANO MAÍLLO, ALFONSO: Ensayo sobre el Derecho penal como ciencia,
Madrid, Dykinson, 1999; SILVA SÁNCHEZ, JESÚS MARÍA: Consideraciones sobre la teoría del
delito, Buenos Aires, Ad-Hoc, 1998; S
OTOMAYOR
A
COSTA
, J
UAN
O
BERTO
: “Reseña” al libro
de Nódier Agudelo Betancur, Defensa putativa. Teoría y práctica, en NFP, núm. 52,
Santa Fe de Bogotá, Temis, 1992, págs. 265 y ss.; S
TICHT
, O
LIVER
: Sachlogik als Naturrecht?
Zur Rechtsphilosophie Hans Welzels 1904-1977, Paderborn/München/Wien/Zürich, Schö-
ningh, 2000; TAVARES, JUÁREZ E. X.: Teorías del delito. Variaciones-Tendencias, traducción
de Nelson R. Pessoa, Buenos Aires, Hammurabi, 1983; VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ, FERNAN-
DO: “Bibliografía”en NFP, núm. 15, Bogotá, Temis, 1982, págs. 893 y ss.; el mismo: “¿El
inciso final del art. 40 del C. P. se refiere tanto al error de tipo como al error de prohibi-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba