De los bienes y de su dominio, posesión, uso y goce - Núm. 21, Diciembre 2013 - Revista Chilena de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 651612537

De los bienes y de su dominio, posesión, uso y goce

AutorRodrigo Barcia Lehmann
CargoProfesor Derecho Civil e investigador Universidad Finis Terrae
Páginas363-376
Comentarios de jurisprudencia
363
DE LOS BIENES Y D E SU DOMIN IO, POSESIÓN, U SO Y GOCEDICIEMBR E 2013
Revista Chilena de Derecho Privado, Nº 21, pp. 363-376 [diciembre 2013]
1. EFECTO DE LOS ARTÍCULOS 671.3° Y
1.448° DE L
CC
, TRAD ICIÓN CON RELA
-
CIÓN A LA REPRESENTACIÓN DEL JUEZ EN
PÚBLICA SUBASTA DEL EJECUTADO QUE ES
DECLARADA NULA PROCESALMENTE, E IN
-
DEMNIZAC IÓN DE PERJU ICIOS QUE TI ENE
COMO FUENTE LA NULIDAD PROCESAL DE
LA SUBASTA. CORTE SUPREMA, CASACIÓN
EN EL FONDO, TRE INTA Y UNO DE ENERO
DEL DOS MI L TRECE, ROL N° 6521-2012.
INTRODUCCIÓN
El fallo que se analiza a continuación
es relevante por cuanto determina los
efectos de la representación judicial del
vendedor en una venta forzada en caso
que el juicio, que da lugar a la subasta,
y posterior venta por parte de la adqui-
rente del bien subastado, sea anulado
procesalmente por vicios en el proceso
de subasta. La Excelentísima Corte
Suprema, desde una perspectiva civil,
considera que el juez de la instancia se
excedió en dicha representación legal y,
en consecuencia, la representación le es
inoponible al verdadero dueño, es decir,
al ejecutado. A su vez, el fallo es relevante
por cuanto desecha en forma tangencial
que el adjudicatario y posterior adqui-
rentes sean poseedores de mala fe para
el objeto de las prestaciones mutuas.
1. LOS ANTECEDENTES DE L RECURS O
QUE SE COM ENTA
En los autos rol N° 669-2010, seguidos
ante el Juzgado de Letras de Molina,
sobre reivindicación, en procedimien-
to ordinario caratulado Agrícola Santa
Eugenia Limitada con Prieto Rioseco,
Carola y otro, por sentencia de fecha
tres de marzo de dos mil doce, se re-
solvió, rechazar la demanda deducida
en autos.
La parte demandante interpuso
recurso de apelación en contra de dicho
fallo y una Sala de la Corte de Apelacio-
nes de Talca, por resolución de nueve
de julio de dos mil doce, confirmó. Este
fallo fue objeto de re curso de casación
en el fondo por la parte demandante,
que se analiza a con tinuación.
2. LOS ANTECEDENTE S
DE HECHO DE L RECURSO
La parte recurrente sustenta la casa-
ción en la infracción de los arts. 1815,
889, 893, 895, 906 y 907 del CC. En
la especie se cita de evicción al Banco
de Chile por parte de un adquirente
de un bien raíz, Caro la Prieto Rioseco,
y otro, que fue demandado de re ivin-
dicación por parte de Agrícola Santa
DE LOS BIENES Y DE S U DOMINIO, P OSESIÓN,
USO Y GOCE
Rodrigo Barcia Lehmann
Profesor Derecho Civil e investigador
Universidad Finis Terrae

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