De los bienes y de su dominio, posesión, uso y goce - Núm. 22, Julio 2014 - Revista Chilena de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 651617689

De los bienes y de su dominio, posesión, uso y goce

AutorRodrigo Barcia Lehmann
CargoProfesor Derecho Civil e investigador Universidad Finis Terrae
Páginas285-297
Comentarios de jurisprudencia
285
De los bienes y De su Domini o, posesión, u so y goceJulio 20 14
Revista Chilena de Derecho Privado, Nº 22, pp. 285-297 [julio 2014]
i. El SanEamiEnto
dE la pEquEña p ropiEdad raíz
A continuación, se hará un breve aná -
lisis de algunos de los fallos más rele-
vantes pronunciados por la Excma.
Corte Suprema sobre el saneamiento
de la pequeña propiedad raíz en el
último semestre. El estudio de estas
sentencias se debe a que, a pesar de
que la jurisprudencia de tribunales está
bastante asentada semestralmente, la
mayoría de los fallos que se pronun-
cian sobre bienes por las Cortes tienen
relación con este tema, lo que nos
invita a detenernos un poco más en él.
1. La regulación sobre saneamiento
de la pequeña propiedad raíz
El DFL Nº 6, de 17 de enero de 1968,
sobre Saneamiento del Dominio de
las Propiedades Rústicas y Rurales y
del Dominio de la Pequeña Propie-
dad Urbana se ocupó de regular el
saneamiento de la pequeña propiedad
inmobiliaria1. Dicho cuerpo normativo
fue modificado por el DL Nº 2695, de
fecha 21 de junio de 1979 sobre Regu-
1 Este DL exige para el saneamiento de
los títulos la intervención del departamento de
Títulos de la Dirección de Tierras y Bie nes Nacio -
nales del Ministerio de Tierras y Colo ni zación.
larización de la Posesión de la Pequeña
Propiedad Raíz, cuerpo normativo que
nos rige en la actualidad. Finalmente,
la ley N° 18.148, de 28 de julio de 1982,
modificó los artículos 5, 14, 40 y 42 del
DL Nº 2695.
2. ¿Problemas de constitucionalidad
en la regulación del DL Nº 2695?
Tanto la Corte Suprema, en su momen-
to, como el Tribunal Constitucional, en
la actualidad, han considerado que la
normativa sobre saneamiento de la
pequeña propiedad no es inconstitu-
cional. El DL Nº 2695 dio lugar a
fuertes reparos de constitucionalidad,
después de la entrada en vigencia de
la CPE. En un comienzo, cierta juris-
prudencia de la Corte Suprema acogió
varios recursos de inconstitucionali-
dad, estimando que el saneamiento
de la pequeña propiedad raíz atenta-
ba contra el derecho de propiedad
consagrado en el artículo 19.1º, N° 24
de la CPE2. Sin embargo, dicha línea
2 Sin embargo, previo a la discusión en
torno a la constitucionalidad del DL Nº 2695 se
analizó si procedía aplicar la CPE de 1980, a un
DL que era anterior a su entrada en vigencia.
Conforme a Jessica Fuentes en una primera
etapa se sostuvo que la inaplicabilidad por in-
constitucionalidad no procedía por cuanto el
dE loS biEnES y dE Su dominio, p oSESión,
uSo y gocE
Rodrigo Barcia Lehmann
Profesor Derecho Civil e investigador
Universidad Finis Terrae
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