Los bienes familiares en la legislación chilena. Problemas y atisbos de soluciones
Autor | Ana María Hübner Guzmán |
Páginas | 101-145 |
LO S B IEN ES F AM IL I A R ES
E N L A L EG ISL AC ION C H I L E N A .
P R O B L E M A S Y AT IS BO S D E S O LU C I O N E S
An a M H Guz m a n
1. INTROD UCCION DE LOS BIENES FAMILIARES EN C HILE
La reforma de los bien es familiares fue incorporad a por el
cualqui era de ellos posea sobre biene s que conform an la vivien-
da familiar y el mobiliario que le sirve de ajuar.
por los cuales se asegu ra la vivienda familiar y su mobiliario.
Agrega el precepto que aquel esp oso de cuyo consentim iento se
contado desde que tuvo con ocim iento del acto.
matrimonial, y en las cargas 'matrimon iales, a las cuales deben
CU A D ER N O S D E E X T EN S I O N
hogar de la familia.
Familiar.
Uruguay lo llama b ien de familia: D.L. 13.597 de 1984.
que implica desde ya la generalid ad de las normas introducidas,
2. P
r e c e d e n t e s
e n
n u e s t r a
L
cuerpos legales.
En efecto, las Constitucione s de 1925 y de 1980 se refieren a
ca, a soli citud de l propietar io, para d eclarar p ropieda d fami-
3. H
is t o r i a
d e
l a
L
e y
1 9. 3 33
de la familia.
Lo anterior constatado por diferentes estudios que determina-
ron que, no obstante tener la mujer iguales respon sabilida des
profesores, abogados y especialistas en el tema, q ue prepararan
un proyecto de ley sobre la materia, sirviendo de base para ello
un trabajo elaborado por el profesor Enrique Barros, el que a su
en los gananciales.
Con el objeto de paliar los inconv enientes que presen ta el
en el Libro I.
metid o a las reglas gen erales, y no legisl ar esp ecialm ente, lo
un conf licto.
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