Breve comentario sobre obligaciones determinadas o de resultado y obligaciones generales de prudencia y diligencia o de medios en la legislación y doctrina francesas - Núm. 8-2, Agosto 2012 - Ars Boni et Aequi - Libros y Revistas - VLEX 645257869

Breve comentario sobre obligaciones determinadas o de resultado y obligaciones generales de prudencia y diligencia o de medios en la legislación y doctrina francesas

AutorMarcela Arroyo Matteucci
CargoAbogado Mg. Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de Concepción
Páginas289-299
289
Breve CoMentario soBre
oBligaCiones deterMinadas o
de resultado y oBligaCiones
generales de PrudenCia y
diligenCia o de Medios en
la legislaCión y doCtrina
FranCesas
Brief commeNt oN certAiN or result
oBligAtioNs ANd geNerAl oBligAtioNs of
prudeNce ANd diligeNce or oBligAtioNs
of meANs iN the freNches doctriNe ANd
legislAtioN
MarCela valeria arroyo MatteuCCi*
RESUMEN: El objetivo de esta crónica es analizar en base a la legis-
lación y opinión de los autores exclusivamente en su idioma francés
original, una clasicación de las obligaciones de origen doctrinario,
la única que el redactor del Código Civil Chileno, don Andrés Bello,
no transrió desde la principal fuente de nuestra codicación civil,
el Derecho Civil Francés y su Código Napoleónico. En las primeras,
la obligación está estrictamente determinada: el deudor es obligado
* Abogado Mg. Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de Concepción.
Postitulada en Asesoría Jurídica de la Empresa y Magíster en Derecho de Empresa, Uni-
versidad del Desarrollo. Asesor Externo de la Honorable Cámara de Diputados de Chile.
.
Artículo recibido el 4 de abril y aprobado el 15 de abril de 2012.

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