Corte de Apelaciones de Santiago, 20 de mayo de 1996. Camacho Ruff, Patricia con Ríos Saavedra, Jorge C. - Núm. 2-1996, Mayo 1996 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 229076518

Corte de Apelaciones de Santiago, 20 de mayo de 1996. Camacho Ruff, Patricia con Ríos Saavedra, Jorge C.

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Conociendo del recurso de apelación

Vistos:

Se reproduce la parte expositiva y fundamentos 1, 2, 5 y 8 de la sentencia en alzada y se eliminan los demás y, teniendo en su lugar y además presente:

  1. Que complementando la parte expositiva de la sentencia es preciso consignar que en la demanda se expresa que desde que la demandante se separó de su cónyuge demandado, en 1986, por maltratos a ella y sus hijas, no ha cumplido con la obligación de dar alimentos a su familia; que durante la tramitación de los autos de alimentos rol Nº 56.620 del Quinto Juzgado de Menores de Santiago, el demandado enajenó bienes de la sociedad conyugal sin autorización suya y sin entregarle dineros por este concepto, otorgándosele alimentos provisorios sólo cuando fueron fijados por el tribunal; que además desde el año 1992 hasta la fecha dejó de pagar, habiéndosele apremiado en 4 oportunidades conforme al artículo 15 de la Ley sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias; que se desprendió de un establecimiento comercial del que era dueño, cambió de domicilio para evitar ser ubicado y abandonó el inmueble de la sociedad conyugal que habitaba, que está hipotecado y en vías de ejecución.

    Agrega la demandante que por los hechos antes expuestos, la precaria situación en que se encuentra la demandante y sus hijas; la absoluta irresponsabilidad del padre legítimo de aquellas para colaborar a su mantenimiento y educación, la imposibilidad de ubicarlo y la dilapidación de bienes de la sociedad conyugal solicita que conforme al artículo 19 de la Ley Nº 14.908 se declare la disolución de la sociedad conyugal habida con el demandado desde el 24 de noviembre de 1971 ordenando su consecuente liquidación, con costas. Consta a fojas 14 que se efectuó la audiencia decretada con la sola asistencia de la parte demandante y en rebeldía del demandado, ratificándose la demanda y dándose por evacuada la contestación de la demanda y el trámite de avenimiento en rebeldía del demandado.

    A fojas 15 se recibió la causa a prueba rindiéndose por la parte demandante la que consta de autos y, a fojas 45, se citó a las partes a oír sentencia.

  2. Que las testigos Nury Guaico, Ema Ruff León y Rosa Palacios, deponiendo sobre los puntos tercero y cuarto del de prueba fijados por el tribunal, están contestes en cuanto a que el demandado maltrataba a su cónyuge e hijas y era una persona adicta al alcohol.

  3. Que de los autos rol Nº 56.620 del Quinto Juzgado de Menores de Santiago...

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