Cambios normativos de los últimos años - Núm. 48, Febrero 2018 - Serie Informe Legislativo - Libros y Revistas - VLEX 704462585

Cambios normativos de los últimos años

AutorSergio Morales C.
CargoAbogado de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Páginas10-23
Serie Informe Legislativo 48 10
urante el segundo gobierno de Michelle Bachelet
la autoridad urbanística radicada en el Ejecutivo,
especícamente en el Ministerio de Vivienda y Ur-
banismo (MINVU), ha promovido un serie de pro-
yectos de ley que tienden a modicar materias relativas a
la actual regulación urbanística, tanto en lo referente a la
planicación misma como en lo que respecta al conjunto
de cargas, obligaciones y derechos derivados de la cons-
trucción y de la urbanización.
Es así como en este trabajo se procederá a analizar los
principales cambios normativos impulsados durante el go-
bierno de la Presidenta Michelle Bachelet entre los años
2014 a 2017, a saber:
1. Ley 20.958 que modica la Ley General de Urbanismo
y Construcciones y leyes complementarias, para esta-
blecer un sistema de aportes al espacio público aplica-
ble a los proyectos de construcción19.
2. Ley 20.791 que modica la Ley General de Urbanismo
y Construcciones en materia de afectaciones de utili-
dad pública de los planes reguladores20.
3. Proyecto de ley (aprobado por el Congreso Nacional y
en proceso de promulgación) sobre transparencia del
mercado del suelo e incrementos de valor por amplia-
ciones del límite urbano21.
2.1 Ley de Aportes
Esta ley tuvo su origen en un mensaje presidencial presen-
tado durante la primera administración del ex Presidente
Sebastián Piñera, ingresado al Congreso Nacional el 3 de
agosto de 2012, boletín número 8493-14.
D
2. CAMBIOS NORMATIVOS
DE LOS ÚLTIMOS AÑOS
Este cuerpo normativo tuvo una serie de cambios durante
su tramitación legislativa. A modo introductorio, un tema
fundamental en materia de planicación urbana es el re-
ferido a la relación entre el espacio público y las edica-
ciones.
Situación previa a la nueva ley
Ya con la primera LGCU de 1931 se contemplaba que
cualquier proyecto debía considerar cesiones gratuitas
de una parte del terreno para ser destinado a calles, pla-
zas y edicaciones de equipamiento, que complementa-
ran las construcciones del propio proyecto de acuerdo a
un ordenamiento jado previamente en los hoy llamados
planes reguladores. De acuerdo al mensaje del proyecto
“el fundamento de dichas exigencias es que son los mis-
mos proyectos los que deben ir conformando las ciudades,
haciendo que éstas se desarrollen de forma equilibrada y
respondiendo a las distintas necesidades de sus habitan-
tes22“.
Así, se consagra la idea de que la Municipalidad pudiera
exigir a todo proyecto de urbanización que se destine a ca-
lles, plazas y plazuelas hasta un 30% de la supercie para
urbanizar y, además, hasta un 7% de dicha supercie a
parques, jardines o espacios públicos. En cuanto al mon-
to de las cesiones, esto queda entregado a la Ordenanza
General.
Previo a esto, la única norma en materia de aporte era el
artículo 70 de la ley, el cual dispone que “en toda urbani-
zación de terrenos, se cederá gratuita y obligatoriamente
para circulación, áreas verdes, desarrollo de actividades
deportivas y recreacionales, y para equipamiento, las su-
percies que señale la Ordenanza General, las que no po-
drán exceder del 44% de la supercie total del terreno origi-
Ley publicada en el Diario Ocial con fecha 15 de octubre de 2016.
19
Ley publicada en el Diario Ocial con fecha 29 de octubre de 2014.
20
Proyecto de ley. Boletín: 10.163-14.
21
Historia de la Ley 20.958. Biblioteca del Congreso Nacional. Página 6
22

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