La Ética en la Capacitación Judicial - Núm. 8, Marzo 1989 - Colección Seminarios - Cuadernos de Análisis Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 399591166

La Ética en la Capacitación Judicial

AutorRogelio Perez Perdomo
CargoProfesor de Derecho en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Caracas. Asesor Técníco de Naciones Unidas (ILANUD) en materias de Capacitación Judicial
Páginas63-71
LA
ETlCA
EN
LA
CAPACITACION
JUDICIAL
Rogelio Pérez Perdomo
El
tema de
la
ética es recibido
COn
muchas aprensiones por-
que
tenemos conciencia de pecadores. Todos estamos dispuestos a con-
cederle
'gran
importancia y a reconocer que estamos obligados a seguir
las
reglas
éticas de conducta. A
la
vez
todos, o
la
gran mayoría, no esta-
mos
seguros que
es
eso lo que estamos haciendo.
En
parte tal incomodi-
dad
deriva de
la
concepción que
la
ética nos obliga a conducirnos con-
forme
a principiOS muy exigentes.
En
esta ponencia me propondré como primer objetivo des-
mitificar
el
tema de
la
ética,
en
su especie de ética judicial, proponiendo
el
análisis de ésta como parte del análisis de los roles del juez.
El
segun-
do
problema
que
les
propongo abordar
es
el
de
si
es
posible
la
enseñan-
za
de
la
ética a personas ya adultas y probablemente con años de expe-
riencia.
1.
LOS
ROLES DEL JUEZ Y
SUS
CONSECUENCIAS ETICAS
La
ética judicial, como
las
demás éticas de
las
profesiones u
ocupaciones, corresponde a
lo
que Bergson llama ética de conservación.
Está
estrictamente vinculada a los hábitos y
las
correspondientes expec-
tativas
de conducta. Recordemos que para Aristóteles
la
virtud
es
un
há-
'
bito.
Se
trata pues de una ética relativamente chata, que no exige gran-
des
sacrificios
ni
comportamientos heroicos en condiciones normales,
pe-
ro
que puede llegar a ser muy exigente en un determinado momento por
circunstancias sociales y poi íticas anormales.
Por nuestra parte y sin traicionar esta tradición clásica, creo
que
podemos hablar
de
roles y de expectativas que derivan de éstos.
En
ese
sentido
el
tratamiento de
la
ética judicial no
es
algo distinto dei aná-
lisis
de
los
roles del juez. Sólo que
el
tema nos obliga a poner
el
acento
en
las
obligaciones
que
derivan de los roles y que nos vinculan en nues-
tro
fuero interno.
Es
decir nos obligan con independencia de
que
haya
Una
instancia externa que nos exija su cumplimiento.
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