Sobre la carga de la prueba en el Proyecto de Código Procesal Civil - Justicia civil: perspectivas para una reforma en la legislación chilena - Libros y Revistas - VLEX 699127913

Sobre la carga de la prueba en el Proyecto de Código Procesal Civil

AutorMaite Aguirrezabal G.
Páginas107-117
107
CORRAL: SOBRE LA CARGA DE LA PRUEBA EN EL PROYECTO DE CÓDIGO PROCESAL CIVILCUADERNOS DE EXTENSIÓN JURÍDICA (U. DE LOS ANDES) Nº23, 2012, pp. 107-117
SOBRE LA CARGA DE LA PRUEBA EN EL PROYECTO
Hernán Corral talCiani
Profesor de Derecho Civil,
Universidad de los Andes
i. la carga de la PrUeba y sUs rePercUsiones en el derecho civil
La carga de la prueba es una consecuencia del principio de inexcu-
sabilidad de los jueces. En efecto, no está permitido al juez no fallar un
asunto no sólo por falta de ley, sino tampoco porque no está convencido
sobre los hechos invocados por las partes como fundamento de sus pre-
tensiones. Se resume este criterio en la imposibilidad de que la sentencia
contenga un non liquet: no se resuelve porque el juez no ve claro cuál
es la solución correcta1.
De esta forma, surge la primera regla sobre carga de la prueba y que
versa sobre las consecuencias de la incertidumbre judicial sobre el acae-
cimiento de algún hecho que sustenta un derecho alegado. Así, la regla le
dirá al juez que debe fallar a favor o en contra de una de las partes, por
la falta de prueba o por la prueba no convincente que se ha añadido al
proceso. De esta regla se deriva otra (la llamada carga de la prueba sub-
jetiva) y que ahora se enfoca en la labor de las partes y asume realmente
el carácter de carga (deber que va en beneficio propio): si no prueba
tales o cuales hechos será desestimada su demanda o su contestación2.
Resulta manifiesto, entonces, que la carga de la prueba, en estas dos
versiones, es una regla que no tiene un simple carácter procedimental
u ordenador del proceso, sino que es de derecho sustantivo o material:
1 El non liquet viene de la frase latina Nihil habere quod liqueat: no sacar nada en claro.
2 La distinción entre carga de la prueba objetiva y subjetiva se consolidó después de la obra
de
leo rosenberg
, La carga de la prueba, trad.
ernesto krotoschin
, 2ª edic. en castellano,
jUlio césar Faira
editor, Buenos Aires, 2002, pp.27 y ss.

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