El Caso Farmacias - Núm. 12, Enero 2016 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 706731729

El Caso Farmacias

AutorAlez Van Weezel De La Cruz
Páginas191-209
191
EL CASO FARMACIASEL CASO FARMACIAS
A
LEX
VAN
W
EEZEL
DE
LA
C
RUZ
A
LEX
VAN
W
EEZE L
DE
LA
C
RUZ
RESUMEN: El trabajo analiza la forma en que las sentencias del denominado
“caso Farmacias” tratan el principio de non bis in idem, la vigencia del artículo
285 del Código Penal chileno en relación con el texto actual del Decreto Ley
211 y la exigencia típica de uso de medios fraudulentos para con gurar el ilíci-
to. Un apartado especial se dedica al debate sobre el elemento típico “precio na-
tural”. Junto con exponer las diversas concepciones vertidas en las sentencias, el
autor sitúa la discusión en el contexto de la valoración dogmática de la tipi ca-
ción a través de elementos normativos. Finalmente, se comentan los problemas
de autoría planteados en el fallo disidente de la sentencia del Tribunal de Juicio
Oral en lo Penal.
SUMARIO: 1. Introducción, 2. La alegación de non bis in idem, 3. La vigencia del
artículo 285 del Código Penal, 4. La exigencia típica de medios “fraudulentos”,
5. El concepto de “precio natural”, 6. La autoría.
1. INTRODUCCIÓN
La Fiscalía acusó a nueve ejecutivos de tres cadenas de farmacias1 y
a un ejecutivo de un laboratorio farmacéutico2 como intervinientes
en el delito establecido en el artículo 285 en relación con el artículo
286 del Código Penal, consistente en alterar en forma fraudulenta
el precio natural de ciertas mercancías.
El tribunal tuvo por establecido, en síntesis, que a partir de no-
viembre del año 2007 estas personas tomaron contacto con sus
contrapartes en los laboratorios –en realidad, como se mencionó,
uno solo de estos últimos fue acusado– quienes se prestaron como
1 Se trata de las siguientes personas y cadenas farmacéuticas: Roberto Leopoldo Belloni
Pechini, gerente general de Farmacias Salcobrand; Ramón Ávila Silva, gerente co-
mercial de Farmacias Salcobrand; Mehilin Velásquez Chau, jefa de departamento de
precios de Salcobrand; Claudia Fanny Carmona Zúñiga, category manager de Salco-
brand; Judith Margarita Carreño Oteíza, category manager de Salcobrand; Sergio Pur-
cell Robinson, gerente general de Farmacias Ahumada; Ricardo Ewertz Munchmeyer,
gerente comercial área Farma de Farmacias Ahumada; Ricardo Iván Valdivia Kloques,
gerente área Farma de Farmacias Cruz Verde; y Cristian Marcelo Catalán López, cate-
gory manager de Cruz Verde.
2 Se trata de Mario Zemelman Riveros, Gerente General Laboratorio Medipharm.
Sentencias Destacadas 2015
192
intermediarios en un proceso de coordinación de alza de precios
programadas respecto de ciertos medicamentos. Para estos efectos,
desde el mes de diciembre del año 2007 hasta el mes de abril del
año 2008, los ejecutivos de los laboratorios hicieron llegar a las tres
cadenas de farmacias los nuevos precios asociados a las alzas concer-
tadas, así como el orden en que dichas alzas debían ser implementa-
das, manteniendo constantes comunicaciones con los ejecutivos de
las cadenas con el objeto de coordinarlas.
Esta dinámica de comunicaciones se realizó aprovechando los ca-
nales ya existentes entre los laboratorios y las cadenas de farmacias.
Los ejecutivos de las farmacias –quienes recibieron estas comunica-
ciones o listas de precios–, realizaron la coordinación de estas alzas
con las demás cadenas a través de los laboratorios. Por su parte, los
miembros de las planas gerenciales de las cadenas –quienes fueron
informados o consultados sobre el mecanismo de alza de precios–,
autorizaron u ordenaron, por su parte, la implementación de las
alzas mediante su ingreso a los sistemas informáticos de los respecti-
vos locales.
No obstante haber establecido lo anterior, el Cuarto Tribunal de
Juicio Oral en lo Penal de Santiago absolvió a todos los acusados3.
Esta decisión fue refrendada –y además ampliada en sus fundamen-
tos, según se verá– por la Corte de Apelaciones de Santiago4, que
conoció del recurso de nulidad presentado por la Fiscalía y los que-
rellantes.
Las sentencias recaídas en el caso se ocupan de diversas cuestiones
procesales y sustantivas discutidas en el juicio. Aquí se reseñarán y
comentarán muy brevemente cinco de estos aspectos: la alegación
de non bis in idem en relación con el juicio ante el Tribunal de De-
fensa de la Libre Competencia (1); la vigencia o tácita derogación
del tipo penal establecido en el artículo 285 del Código Penal (2);
el sentido del elemento del tipo caracterizado por el adverbio “frau-
dulentamente” (3); el alcance del elemento típico “precio natural
(4); y el problema de intervención delictiva planteado en el voto
disidente (5).
3 Sentencia de 28 de julio de 2015, causa RIT 531-2014, RUC 0900281513-0.
4 Sentencia de 29 de diciembre de 2015, Ingreso de Corte N° 3.139-2015.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR