Certificado N° 15, sobre reinversión de utilidades en otras empresas que llevan contabilidad completa, según normas del n° 2 de la letra a) del artículo 14 de la ley de la renta - Núm. 54, Diciembre 2017 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703295317

Certificado N° 15, sobre reinversión de utilidades en otras empresas que llevan contabilidad completa, según normas del n° 2 de la letra a) del artículo 14 de la ley de la renta

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Manual EjEcutivo tributario
8.- CERTIFICADO N° 13, SOBRE RETENCIONES DE IMPUESTO EFECTUADAS
CONFORME AL ARTÍCULO 74 N° 6 DE LA LEY DE LA RENTA.
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO MODELO N° 13
Este Certicado debe ser emitido por las personas naturales y jurídicas que durante el año
comercial respectivo hayan comprado minerales a contribuyentes mineros que declaran sus
impuestos sujeto a renta presunta, conforme a lo dispuesto por los Artículos 23 y 34 N° 1 de
la Ley de la Renta, en concordancia con lo señalado en el Artículo 74 N° 6 de la misma ley.
Columna (1): Se deben anotar los meses del año en los cuales se efectuaron las retenciones
de impuestos, conforme a los Artículos 23 y 74 N°6 de la Ley de la Renta.
Columna (2): Se debe registrar el monto de la retención practicada en cada mes, de acuerdo a
lo dispuesto por las normas legales antes mencionadas y Circular del SII emitida sobre la materia
(Circular N° 15, de 2012). Cabe señalar, que si las mencionadas retenciones de impuesto
fueron cubiertas con el pago por concepto de patentes mineras, conforme a lo dispuesto por
el Artículo 164 del Código de Minería, de todas maneras deben anotarse en esta columna, ya
que se entienden practicadas conforme a la Ley (Circulares N°s. 60 de 1998 y 58 de 2001).
Columna (3): Se deben registrar los factores de actualización correspondientes a cada mes,
según publicación efectuada por el SII.
Columna (4): Se debe anotar en esta columna el valor que resulte de multiplicar la cantidad
anotada en la columna (2) por los factores de actualización registrados en la columna (3).
Nota: Se deja constancia que los totales que se registran en la columna (4) deben coincidir
exactamente con la información que se proporciona al SII por cada contribuyente mediante la
columna “Retención Art. 74 6 L.I.R., Monto Actualizado” de la Declaración Jurada Formulario
N° 1811
9.- CERTIFICADO N° 15, SOBRE REINVERSIÓN DE UTILIDADES EN OTRAS EMPRESAS
QUE LLEVAN CONTABILIDAD COMPLETA, SEGÚN NORMAS DEL N° 2, DE LA LETRA A)
DEL ARTÍCULO 14 DE LA LEY DE LA RENTA.
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO MODELO N° 15
Este Certicado debe ser emitido por las empresas fuentes sean estas empresas individuales,
Sociedades de Personas, Sociedades en Comandita por Acciones (respecto de los socios
gestores), Comunidades o Sociedades Anónimas, desde las cuales los propietarios, socios,
comuneros o accionistas efectuaron los retiros o enajenación de acciones de pago o derechos
sociales (adquiridos con utilidades reinvertidas) destinados a reinversión acogidos a las normas
del N°2, de la letra A), del Artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, con el n de que
dicho documento los inversionistas respectivos lo entreguen a las empresas o sociedades
receptoras de las inversiones, ya que la norma legal antes mencionada señala que éstas
últimas empresas deben acusar recibo de las inversiones efectuadas.
También deberán emitir este Certicado las Empresas Individuales, Sociedades de Personas,
Sociedades de Hecho, Sociedades en Comandita por Acciones, Comunidades y Sociedades
Anónimas, en el caso en que se produzca la enajenación de sus acciones de pago o derechos
sociales, según corresponda, que hayan sido adquiridos con utilidades reinvertidas, y siempre
que el enajenante manieste su intención de volver a reinvertir el producto de tal enajenación
en los términos del N° 2, de la letra A), del Art. 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

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