Cierre de calles y pasajes, un tema muy actual - Núm. 8, Enero 2012 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 706662317

Cierre de calles y pasajes, un tema muy actual

AutorEduardo Soto Kloss
Páginas11-21
11
CIERRE DE CALLES Y PASAJES,
UN TEMA MUY ACTUAL
EDUARDO SOTO KLOSS *
RESUMEN: El comentario recae sobre un fallo del Tribunal Constitucional que
se pronuncia sobre la constitucionalidad del proyecto de ley que modi caba la
ley orgánica constitucional de Municipalidades, 18.695, artículos 5° letra c)
y 65 letra q), sobre cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad ciuda-
dana. El autor analiza las tres posiciones antitéticas del TC frente a un asunto
de gran relevancia para los vecinos que sufren a diario los embates de la delin-
cuencia, concluyendo, entre otras cuestiones, que el fallo tiende a “salvar” un
proyecto de ley cuya  nalidad puede ser loable pero que ha sido aprobado con
notoria ausencia de preocupación jurídica.
SUMARIO: Introducción. 1. El Proyecto de Ley sometido al Tribunal Constitu-
cional. 2. La sentencia Rol Nº 1869/2010 (20.1.2011). 2.1. El fallo de mayoría.
2.2. Disidencia que estima inconstitucional el proyecto. 2.3. Disidencia que esti-
ma el proyecto conforme con la Constitución. Conclusiones.
INTRODUCCIÓN
No suele ser frecuente encontrar en un fallo judicial lo que se en-
cuentra en este Rol Nº 1869-10, en el cual el Tribunal Constitu-
cional (en adelante TC) se pronuncia, en virtud de la atribución
conferida a él por el artículo 82 N°1/93 inciso 1° de la Constitución
(en adelante CP), para revisar la constitucionalidad del artículo úni-
co del proyecto de ley que modi caba la ley orgánica constitucional
de Municipalidades, 18.695, artículos 5° letra c) y 65 letra q), sobre
cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad ciudadana.
En este fallo se da algo que podríamos cali car de “folclórico” en
cuanto recuerda aquel dicho o brocardo según el cual “cuando se
reúnen dos o más abogados en vez de sumarse se restan”… ya que
hay(1) una parte –la mayoría (cuatro magistrados)– que estima
inconstitucional una expresión de este proyecto y estima consti-
tucional otro texto del proyecto pero “en el entendido que” ha de
interpretarse en el sentido que se indica al efecto(2); en que hay otros
magistrados (dos) que creen que el proyecto es enteramente con-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR