Sobre código tributario - Núm. 64, Octubre 2018 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 795257533

Sobre código tributario

Páginas27-93
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PROYECTO DE LEY DE MODERNIZACION
A LA LEGISLACION TRIBUTARIA
PROYECTO DE LEY DE MODERNIZACION
A LA LEGISLACION TRIBUTARIA
CAPITULO I
1.- TEXTO DEL PROYECTO DE LEY SOBRE CODIGO TRIBUTARIO
Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modicaciones en el Código Tributario,
1. Agrégase, en el artículo 4°, un inciso segundo nuevo, del siguiente tenor:
“Sin perjuicio de lo anterior, la interpretación y aplicación de las disposiciones
tributarias, de los actos jurídicos y de los contratos, deberá considerar las normas
de derecho común. En consecuencia, el intérprete debe considerar las normas y
criterios interpretativos recogidos por el ordenamiento jurídico común, entre los que
se cuentan los principios generales del derecho.”.
2. Incorpóranse las siguientes modicaciones al artículo 4° bis.-:
a) Modifícase el inciso primero en el siguiente sentido:
i. Reemplázase la palabra “imponibles” por “gravados”.
ii. Agrégase a continuación de la expresión “naturaleza jurídica” la expresión “y
económica”.
iii. Elimínase la palabra “hechos” la segunda vez que aparece en el texto y la coma
(“,”) que le sigue.
iv. Agrégase después de la palabra “actos”, la palabra “jurídicos”.
v. Reemplázase la palabra “negocios”, por la palabra “contratos”.
vi. Agrégase después del punto nal (“.”) que pasa a ser seguido (“.”) la siguiente frase:
“En consecuencia, el Servicio sólo podrá desconocer la forma de los actos jurídicos o
contratos celebrados por los interesados y los efectos de estos para nes tributarios
en el caso de elusión y promoviendo previamente el procedimiento establecido al
efecto en los artículos 4° quinquies y 160 bis.”.
b) Modifícase el inciso segundo en el siguiente sentido:
i. Elimínase la expresión “o negocios”.
ii. Agrégase después de la palabra “jurídicos”, la expresión “o contratos”.
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MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
c) Modifícase el inciso tercero en el siguiente sentido:
i. Elimínase la expresión “o negocios”.
ii. Agrégase después de la expresión “jurídicos o” la expresión “contratos o”.
iii. Reemplázase la palabra “imponibles” por la palabra “gravados”.
iv. Elimínase la palabra “tributarias”.
v. Elimínase la frase que sigue al punto seguido (“.”) que pasa a ser punto nal (“.”).
d) Reemplázase el inciso cuarto por el siguiente:
“Se entenderá que existe elusión de los hechos gravados exclusivamente en los casos
de abuso o simulación establecidos en los artículos 4º ter y 4º quáter, respectivamente.
Determinada la existencia de elusión, se exigirá la obligación tributaria que emana
de los hechos gravados eludidos establecidos en la ley.”.
e) Modifícase el inciso quinto en el siguiente sentido:
i. Reemplázase la frase “abuso o simulación en los términos del artículo 4° ter y 4°
quáter, respectivamente” por la palabra “elusión”.
ii. Reemplázase la frase “del abuso o la simulación” por la siguiente: “de la existencia
de elusión”.
f) Incorpórase los siguientes incisos sexto y séptimo, nuevos:
“Salvo que un caso se encuentre cubierto por el ámbito de aplicación de una norma
especial antielusión, la existencia de abuso o simulación y sus consecuencias
jurídicas se regirán por lo dispuesto en los artículos 4° ter y 4° quáter. Para estos
efectos, se entenderán normas especiales antielusión aquellas que permitan tasar
la base imponible o el precio o valor, establecer sistemas de tributación en base a
renta presunta, establecer normas especiales para rebajar gastos y, en general, las
que facultan al Servicio para aplicar normas especiales de tributación. No obstante
lo anterior, los artículos 4° ter y 4° quáter serán aplicables a las reorganizaciones
empresariales descritas en el artículo 64 letra D. Una vez que el Servicio haya citado,
o bien girado o liquidado un impuesto aplicando una norma especial antielusión,
precluirá para el Servicio la facultad de aplicar los artículos 4° ter y 4° quáter sobre
los mismos actos jurídicos o contratos, salvo que los elementos sustantivos de esos
actos o contratos se vean alterados de manera signicativa y tales modicaciones
sean constitutivas de elusión. En caso que el Servicio cite al contribuyente en los
términos del inciso tercero del artículo 4° quinquies, precluirá la facultad de aplicar lo
dispuesto en una norma especial antielusión respecto de los mismos actos jurídicos
o contratos.
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PROYECTO DE LEY DE MODERNIZACION
A LA LEGISLACION TRIBUTARIA
Lo dispuesto en los artículos 4° bis a 4° quinquies no será aplicable respecto del
interesado y para la consulta planteada, en caso que el Servicio se pronuncie sobre
una consulta en el marco de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso segundo, Letra A,
número 2 o en el caso que de manera directa o bien al operar el silencio positivo se
descarte la existencia de elusión conforme al artículo 26 bis.
3. Introdúcense las siguientes modicaciones al artículo 4º ter.-:
a) Modifícase el inciso primero en el siguiente sentido:
i. Reemplázase la palabra “imponibles” que sigue a la expresión “los hechos”, por la
palabra “gravados”.
ii. Elimínase las expresiones “total o parcialmente” y “o la obligación tributaria”.
iii. Reemplázase la palabra “dicha” que sigue a la frase “o se postergue o diera el
nacimiento de”, por la palabra “la”.
iv. Intercálase la palabra “tributaria” entre la palabra “obligación” y la coma (“,”), que
antecede a la frase “mediante actos”.
v. Elimínase la expresión “o negocios”.
vi. Intercálase entre la palabra “jurídicos” y la frase “que, individualmente considerados”,
la expresión “o contratos”.
vii. Agrégase después de la coma (“,”) que sigue a la frase “individualmente
considerados o en su conjunto” la frase “sean notoriamente articiosos para la
consecución del resultado obtenido y”.
viii. Elimínase la palabra “relevantes” y la expresión “que sean”.
ix. Agrégase después del punto nal (“.”), que pasa a ser punto seguido (“.”), la
siguiente frase: “Para estos efectos, se entiende que es articioso aquel acto jurídico
o contrato que, careciendo de una causa o de causa lícita contraviene la nalidad
de la ley.”.
b) Modifícase el inciso segundo en el siguiente sentido:
i. Reemplázase la frase “razonable opción de” por la frase “elección entre diversas”.
ii. Reemplázase la frase “la legislación tributaria” por la frase “el ordenamiento jurídico”.
iii. Agrégase después de las expresiones “actos jurídicos” y “acto jurídico” las
expresiones “o contratos” y “o contrato”, respectivamente.
iv. Reemplázase la expresión “la ley tributaria” por la siguiente: “los actos jurídicos o
contratos realizados de acuerdo con el ordenamiento jurídico”.

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