Comentario al fallo de la Excma. Corte Suprema en el denominado caso Cencosud - Núm. 10, Enero 2014 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 706686745

Comentario al fallo de la Excma. Corte Suprema en el denominado caso Cencosud

AutorNatalia González Bañados
Páginas135-161
135
COMENTARIO AL FALLO DE LA COMENTARIO AL FALLO DE LA
EXCMA. CORTE SUPREMA EXCMA. CORTE SUPREMA
EN EL DENOMINADO CASO EN EL DENOMINADO CASO
CENCOSUDCENCOSUD
NATALIA GONZÁLEZ BAÑADOSNATALIA GONZÁ LEZ BAÑA DOS
RESUMEN: El fallo de la Corte Suprema en el caso Cencosud convirtió en
exitosa la primera demanda colectiva en la historia de la justicia chilena. La
sentencia no solo resultó relevante por este hito, sino porque además vino a
marcar un antes y un después en el funcionamiento y operación del mercado
nanciero y en otros mercados que operan en la lógica de la contratación ma-
siva, mediante contratos de adhesión. El fallo también produjo un impacto a
nivel normativo. Tras conocerse la sentencia de la Corte Suprema, la Superin-
tendencia de Bancos e Instituciones Financieras procedió a derogar la norma-
tiva emitida por dicha entidad, vigente a la época del fallo, relativa a la forma
en como los consumidores de productos y servicios  nancieros podía prestar
válidamente su consentimiento a las modi caciones contractuales propuestas
por los proveedores. Dicha normativa fue posteriormente reemplazada, en
lo pertinente, por otra norma, de rango superior, un reglamento emitido en
2013 por el Ministerio de Economía, que hoy no está exenta de polémicas. El
comentario que se presenta a continuación se re ere a los principales tópicos
abordados por el fallo de la Corte Suprema. En particular, analizamos las con-
clusiones de la Corte Suprema en materia de prescripción de las acciones bajo
la legislación de protección del consumidor; el tratamiento del silencio en la le-
gislación de protección al consumidor y la forma en que puede manifestarse el
consentimiento del consumidor; la facultad de los consumidores y proveedores
de bienes y servicios  nancieros para poner término a los contratos de adhe-
sión respectivos; y el tratamiento de los mandatos irrevocables.
SUMARIO: 1. Introducción. 2. Síntesis del caso. 2.1 La demanda en primera ins-
tancia. 2.2 El fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago. 2.3 La sentencia de la
Excma. Corte Suprema del recurso de casación en la forma. 3. Comentario sobre
la sentencia de la Excma. Corte Suprema que se pronunció sobre el recurso de
casación en la forma. 4. Comentario sobre la sentencia de reemplazo que dicta la
Excma. Corte Suprema en cumplimiento del artículo 785 del Código de Procedi-
miento Civil. 4.1 Sobre el consentimiento tácito y el silencio del consumidor. 4.2
Sobre qué ha de primar; la normativa especí ca dictada por un regulador sectorial
o la ley de protección al consumidor. 4.3 Sobre la posibilidad de las partes de
terminar unilateralmente los contratos de productos o servicios  nancieros. 4.4
Acerca de los mandatos irrevocables. 5. Conclusiones. 6. Bibliografía.
Sentencias Destacadas 2013
136
1. INTRODUCCIÓN
En los últimos años, diversos fallos de la Corte Suprema han mar-
cado un antes y un después en materia económica. Así, por ejem-
plo, nos encontramos con sentencias como las del caso Castilla; las
relativas a la consulta del Convenio 169 de la OIT en el contexto
del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la del caso Euro-
latina y, sin duda alguna, el fallo que en 2013 marcó un hito para
los actores de la industria  nanciera y para los consumidores de
los productos y servicios  nancieros, como así también para otras
industrias que operan sobre la base de contratación masiva, esto
es, el fallo del caso Cencosud. Tal y como veremos más adelante,
con fecha 24 de abril de 2013, la Corte Suprema conociendo del
recurso interpuesto por el Servicio Nacional del Consumidor (en
adelante, el “SERNAC”) en contra del fallo de la Corte de Apela-
ciones de Santiago, de tres de octubre de 2011, en causa Rol N°
12.355-2011, acoge la causal de casación en la forma del numeral
la sentencia de segunda instancia, la que es reemplazada por una
nueva sentencia, condenando a Cencosud Administradora de Tar-
jetas S.A. (en adelante “Cencosud”). El fallo llegó incluso a tener
repercusiones de tipo políticas, afectando la postulación al proceso
de primarias del candidato de la Unión Demócrata Independiente
Laurence Golborne, otrora gerente de la empresa Cencosud, quien,
tras conocerse el fallo y la polémica generada en torno al mismo,
depuso su candidatura.
El fallo del caso Cencosud se convirtió en la primera demanda co-
lectiva que resultó victoriosa en la justicia chilena. Recordemos bre-
vemente en este acápite que en el caso Cencosud, la Corte Suprema
condenó al retailer a pagar cerca de $33 mil millones en compen-
saciones por aumento unilateral de las comisiones en las Tarjetas
Jumbo Más a los más de 600 mil clientes afectados. La Corte Su-
prema privó de validez a determinadas cláusulas del contrato de la
Tarjeta Jumbo Más y de su Reglamento, contenidas en un contrato
de adhesión, que las personas habían aceptado sin coacción alguna,
por estimarlas contrarias a la Ley No. 19.496, que establece normas
sobre protección de los derechos de los consumidores (en adelante,
“Ley de Protección del Consumidor”). Sobre este punto volveremos
más adelante en el análisis.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR