Comentario A La Sentencia Sobre El Proyecto Hidroléctrico Río Cuervo. - Núm. 4, Diciembre 2012 - Justicia Ambiental. Revista de Derecho Ambiental de la ONG FIMA - Libros y Revistas - VLEX 648394333

Comentario A La Sentencia Sobre El Proyecto Hidroléctrico Río Cuervo.

AutorEzio Costa Cordella - Luis Cordero Vega
CargoAbogado, Doctor en Derecho de la Universidad de Lleida - Abogado, Magíster (c) en Derecho,Universidad de Chile
Páginas243-256
AÑO IV - DICIEMBRE 2012
243
JUSTICIA AMBIENTAL
Comentario a la Sentencia
sobre el Proyecto Hidroléctrico
Río Cuervo
Luis Cordero Vega1
Ezio Costa Cordella2
I. INTRODUCCIÓN
En Mayo de 2012 la Corte Suprema acogió un Recurso de Protección3
interpuesto por la Corporación Fiscalía del Medio Ambiente (FIMA) en
nombre de habitantes de la comuna de Puerto Aysén, en contra del Informe
Consolidado de Evaluación (ICE) del proyecto “Central Hidroeléctrica Río
Cuervo”, sobre la base de la falta de estudios relativos al riesgo que podía
signicar la construcción de la Central sobre una falla geológica y en un
área volcánica. El riesgo había sido adver tido por el Servicio Nacional
de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) en uno de sus informes previos,
sin embargo durante la tramitación ambiental el ICE no consideró esta
exigencia y el propio SERNAGEOMIN dio su conformidad en la etapa de
aprobación del mismo.
La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso presentado.4 La
razón que tuvo para eso fue que el ICE había sido dictado conforme a la
ley, constituyendo un acto trámite no impugnable legalmente, señalando
además que los hechos debatidos en el caso excedían la naturaleza del
recurso de protección.5 Durante la tramitación judicial no existió Orden de
No Innovar y tras la dictación de la sentencia, la Comisión de Evaluación
Abogado, Doctor en Derecho de la Universidad de Lleida, Magíster en Derecho, Magíster en Políticas Públicas, Universidad
de Chile. Profesor de Derecho Administrativo e Investigador Senior de RegCom, Universidad de Chile.
Abogado, Magíster (c) en Derecho, Mención Derecho Público, Universidad de Chile. Investigador de RegCom, Universidad
de Chile y Director Ejecutivo de FIMA.
Sentencia Corte Suprema (SCS), 11 de mayo de 2012, rol Nº 2463-2012.
Sentencia Corte de Apelaciones (SCA) de Coyhaique 03 de marzo de 2012, rol Nº 7 – 2012.
Ver considerandos 7º a 9º.
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