Comentario de la sentencia del Tribunal Constitucional Español Rol 241/2012 de 17 de diciembre, en relación con el derecho a la intimidad y el derecho al secreto de las comunicaciones - Núm. 22-2, Julio 2015 - Revista de Derecho Universidad Católica del Norte - Libros y Revistas - VLEX 657059477

Comentario de la sentencia del Tribunal Constitucional Español Rol 241/2012 de 17 de diciembre, en relación con el derecho a la intimidad y el derecho al secreto de las comunicaciones

AutorAlejandro Villanueva Turnes
CargoDoctorando en Derecho en la Universidad de Santiago de Compostela, España
Páginas485-490
485
R  D U C  N - A 22 Nº 2 (2015)
Revista de Derecho
Universidad Católica del Norte
Sección: Comentarios de Jurisprudencia
Año 22 - Nº 2, 2015
pp. 485-490
COMENTARIO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL ESPAÑOL ROL 241/2012 DE 17 DE
DICIEMBRE, EN RELACIÓN CON EL DERECHO A LA INTIMIDAD
Y EL DERECHO AL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES
ALEJANDRO VILLANUEVA TURNES*
1) PLANTEAMIENTO
El artículo 18.3 de la Constitución española de 1978 garantiza el se-
creto a las comunicaciones. En el presente trabajo se realizará un análisis
de la Sentencia del Tribunal Constitucional 241/2012 relativa a este de-
recho fundamental como punto clave de la resolución, a pesar de que en
ella también ocupa un lugar especial del derecho a la intimidad (Derecho
contenido en el apartado primero del mismo precepto constitucional).
Como paso previo al comentario de la Sentencia propiamente dicho es
necesario recordar que ambos derechos, como bien es sabido, se encua-
dran dentro de la Sección I del capítulo II del Título I y que por lo tanto
gozan de las siguientes garantías:
- Vinculación de todos los poderes públicos.
- Reserva de ley orgánica.
- Procedimiento preferente y sumario.
- Posibilidad de interponer recurso de amparo.
- Procedimiento agravado de reforma constitucional (artículo 168
de la Constitución española).
Es conveniente recordar que este clásico derecho ha adquirido una
especial relevancia en la última época ante el auge de las nuevas comuni-
caciones y es por ello que el comentario de la Sentencia 241/2012 dictada
por la Sala Primera del Tribunal Constitucional, adquiere una importan-
cia signi cativa al tratar este tema. Concretamente, la mencionada resolu-
ción trata el control del uso del ordenador en la empresa donde el trabaja-
dor desarrolla su actividad laboral1.
* Doctorando en Derecho en la Universidad de Santiago de Compostela (E),
Departamento de Derecho Público y Teoría del Estado. Correo electrónico: alexvitur@
gmail.com.
1 Es necesario tener en cuenta que el Tribunal Constitucional español ya se pronunció
en ocasiones anteriores en relación con el acceso policial a los archivos de dispositivos
informáticos como un ordenador o una agenda electrónica, como ocurre en las Sentencias
117/2011, de 7 de noviembre y la 142/2012 de 2 de julio entre otras, pero la Sentencia
objeto de este estudio es la primera que trata la colisión del derecho a la intimidad y al

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