Compensación económica para el cónyuge o conviviente civil: Una mirada desde el análisis económico del Derecho - Núm. 6-2, Mayo 2015 - Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política - Libros y Revistas - VLEX 645315173

Compensación económica para el cónyuge o conviviente civil: Una mirada desde el análisis económico del Derecho

AutorAdriana Palavecino Cáceres
CargoAbogada. Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de Chile
Páginas35-64
REVISTA CHILENA DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA
MAYO-AGOSTO 2015 • ISSN 0718-9389 • e-ISSN 0719-2150 • VOL. 6 • Nº 2
DOI 10.7770/RCHDYCP.V6I2.927
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Compensación económica para el cónyuge o
conviviente civil: Una mirada desde el análisis
económico del derecho
Economic compensation for the spouse or civil partner: A look from the economic
analysis of law
ADRIANA PALAVECINO CÁCERES
1
Universidad de Talca, Chile
RECEPCIÓN: 16/07/2015 • ACEPTACIÓN: 13/08/2015
RESUMEN
El análisis económico del derecho (AED) constituye una metodología que
aplica a cuestiones de carácter jurídico, principios y conceptos de orden económico. Es
una perspectiva de análisis de las instituciones jurídicas partiendo del supuesto que
éstas tienen un carácter teleológico, están al servicio de los particulares, por lo tanto,
su diseño, interpretación y aplicación, deben hacerse tratando de potenciar el
bienestar de la sociedad en su conjunto.
La compensación económica es una figura reciente en el Derecho de Familia chileno, la
doctrina nacional le ha dado diversa calificación jurídica y todavía es objeto de análisis
dogmático, por ello, estimamos que puede resultar interesante una aproximación
desde la perspectiva del análisis económico del Derecho, intentando responder a las
1
Abogada. Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de Chile. Magíster
en Derecho con mención en Derecho Privado, Universidad de Chile. Docente de
Derecho Civil, Facultad de Derecho, Universidad de Talca. Correo:
apalavecino@yahoo.es.
REVISTA CHILENA DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA
MAYO-AGOSTO 2015 • ISSN 0718-9389 • e-ISSN 0719-2150 • VOL. 6 • Nº 2
DOI 10.7770/RCHDYCP.V6I2.927
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interrogantes típicas de este enfoque, a saber, ¿Si es eficiente la asignación de recursos
o responsabilidades en su regulación por la ley de matrimonio civil? O en otras
palabras, ¿Si la regulación de esta figura en favor del cónyuge más débil generará
mayor satisfacción individual y social?
PALABRAS CLAVES
Compensación económica, análisis económico del derecho,
matrimonio y unión civil, divorcio y nulidad matrimonial.
ABSTRACT
The economic analysis of law is a methodology that applies economic
principles and concepts to legal issues. This perspective offers an analysis of legal
institutions on the assumption that those institutions are of a teleological nature and
are at the service of individuals. Therefore, the design, interpretation, and application
of those institutions should have as their goal the advancement of the wellbeing of
society as a whole.
Economic compensation is a recent i nstitution in Chilean Family Law. The national
doctrine has expressed varying legal opinions about the legislation, and it remains the
object of dogmatic analysis. As a result, we believe that approaching economic
compensation from the perspective of the economic analysis of law could give
interesting results. Thus, we try to respond to the typical questions of this approach,
such as: Is it productive to assign resources or responsibilities via the rules contained
in civil marriage law? In other words, will the rules of this legislation, which are in
favor of the weaker spouse, create greater individual and social satisfaction?
KEYWORDS
Economic compensation, economic analysis of law, marriage and civil
union, divorce and marriage annulment.
Introducción
A
LFARO
ha afirmado que, el análisis económico del derecho es la mejor forma de
revisar las reglas jurídicas del Derecho Privado, justamente porque las sociedades
occidentales son de derecho privado, es decir, en ellas son los particulares quienes, sin
la intervención del Estado, deciden libremente su plan de vida y los medios para
alcanzarlo, lo que aparece reconocido en nuestra Constitución Política como base de la
institucionalidad cuando declara en su artículo 1° que las personas nacen libres e
iguales en dignidad y derechos, que el Estado está al servicio d e la p ersona humana y

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