Conclusiones - Núm. 158, Junio 2017 - Serie Informe Sociedad y Política - Libros y Revistas - VLEX 682889321

Conclusiones

AutorAntonia Vinagre G.
CargoCientista Político de la Universidad del Desarrollo. Investigadora del Programa Sociedad y Política de Libertad y Desarrollo
Páginas18-18
Serie Informe Sociedad y Política 158 18
l presente informe da una mirada global respecto de
la apremiante situación en términos de la escalada
de violencia que azota a la macro zona sur de
nuestro país. La prueba evidente del deterioro de
la paz social y la fragilidad del Estado de Derecho no sólo
está dada por el hecho que cada 1,8 días se produce un
episodio de violencia en la zona del conflicto mapuche, sino
también, por una mutación en términos cualitativos del
fenómeno terrorista. Al respecto, las acciones violentistas
son hoy ms crudas e intensas. Aquello se refleja en los
mensajes reivindicativos y en los ataques a nuevos focos
con una clara connotación simbólica como la quema de
iglesias. También es preciso advertir que, día tras día, las
acciones violentas, se aproximan peligrosamente al radio
urbano.
La inacción del Gobierno en la zona se debe al falso dilema
que ha planteado sobre la denicin de terrorismo. Es
necesario zanjar el debate, para que no sigan ocurriendo
hechos como los del último tiempo y tengan la pena que
merecen. Una recopilacin de deniciones de la literatura
ha mostrado que existen cinco elementos claves para
identicar actos o grupos terroristas: (i) utilizacin de
la violencia, (ii) acción coordinada que descansa en una
organización, (iii) promoción del terror en la sociedad civil,
(iv) publicidad y adjudicacin de los actos e (v) inspiracin
ideológica detrás de su acción. Existe una correspondencia
entre estos elementos y los hechos que suceden en la
macro zona sur. Al analizar algunos de los grupos que
actúan en las regiones anteriormente mencionadas
se puede decir que existe una nítida relación con las
deniciones de terrorismo y organizaciones.
La pregunta que cabe es por qué no se reconoce como tal.
Es más, se evaluaron los alcances de la Ley Antiterrorista
y su proyecto de reforma identicando que uno de los
principales puntos que buscan ser cambiados es la
exclusión a que los delitos contra la propiedad puedan ser
investigados bajo la ley mencionada, lo que signicara que
para ninguno de los hechos terroristas que ocurren en La
E
6. CONCLUSIONES
Araucanía podría ser invocada la Ley 18.314. Ahora bien,
existen otras áreas de la legislación vigente que podrían
ser mejoradas, tales como la discrecionalidad del juez y
de quién puede invocar la ley, la falta de coordinación con
otros organismos de investigación, entre otros.
Sin embargo, no habr solucin denitiva al problema
de la violencia en La Araucanía si no se reconoce -por
razones políticas- su condición de terrorismo y se sigue
promoviendo la violencia con la política indiscriminada de
entrega de tierras.

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