Consentimiento informado y responsabilidad penal médica: una relación ambigua y problemática - Núm. 6, Julio 2008 - Colección de Derecho Privado - Cuadernos de Análisis Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 399840126

Consentimiento informado y responsabilidad penal médica: una relación ambigua y problemática

AutorHéctor Hernández Basualto
CargoDoctor en Derecho (Friburgo de Brisgovia), profesor de Derecho Penal de la Universidad Diego Portales
Páginas167-185
T
CONSENTIMIENTO
INFORMADO
Y
RESPONSABILIDAD
PENAL
MÉDICA:
UNA
RELACIÓN
AMBIGUA
Y
PROBLEMÁTICA
Héctor
Hemández
Basualto
I.lNrRODUCCIÓN
Muchas
de
las
actividades propias
de
un
tratamiento
médico
inobjetable
son
cruentas
o,
en
todo
caso,
causan dolores
físicos
y grados variables
de
inca-
pacidad corporal transitoria a
los
pacientes,
con
lo
cual
parecen realizar
las
exigencias
de
los
tipos
penales
de
lesiones
corporales.
Al
mismo
tiempo,
existe
la convicción
de
que
tales
actividades
no
puedeu implicar responsabilidad
penal,
al
menos
no
mientras tiendan efectivamente a la preservación o
resta-
blecimiento
de
la
salud
del
paciente yse realicen
de
un
modo correcto. Abara
bien, tan comprensible y digna
de
compartirse resulta esta
convicción
como
difícil
ha
sido
precisar y encuadrar
en
las
categorías
de
la teoria
del
delito
las
razones
que
la sustentan. Y contra lo
que
pudiera creerse,
este
defecto,
que
en
definitiva
es
de
fundamentación,
no
produce
sólo
irritación sistemática
sino,
también, importantes
dificultades
de aplicación práctica.
Por
cierto, la indefinición
no
representa ningún problema
en
un
contexto
en
el
que
las
razones legitimantes
del
tratamiento
médico
se
asumen
como
dadas
de
modo general y constante, resultando
sólo
perturbadas por
un
apar-
tamiento
injustificado
y
con
tendencia
lesiva
-virtualmente
siempre
con
culpa
(imprudencia o
negligencia),
sin
perjuicio
de
la posibilidad
teórica
de
dolo-
de
las
prescripciones
de
la
¡ex
artis.
En
otras
palabras, mientras la legitimidad
del
tratamiento
se
encuentre
de
hecho asociada
sólo
a
su
corrección
técnica,
las
razones
de
la
misma
y
su
ubicación sistemática pueden permanecer
en
la penumbra.
Pero
esto
cambia dramáticamente cuando la legitimidad
del
trataruiento
ya
no
depende
sólo
de
la corrección técuica
del
mismo
sino
de
requisitos
adicionales
que
obedecen a una lógica diferente.
Tal
es
el
caso
paradigmático
de
la
exigencia de
consentimiento
informado
por parte
del
paciente.
La
existencia
de
requisitos
adicionales
como
éste
abre la posibilidad
de
procedimientos
técnicamente impecables, pero ilegítimos, para
cuya
correcta valoración
jurídico-penal
se
vuelve
imprescindible ahora precisar
el
exacto
significado
dogmático
del
tratamiento médico
en
cuanto
tal
y la ubicación sistemática
de
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