Contrato de trabajo de oficiales de la marina mercante nacional - Núm. 13, Julio 2014 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 702232681

Contrato de trabajo de oficiales de la marina mercante nacional

Páginas56-57
MANUAL EJECUTIVO LA BOR AL
56
CONTRATO DE TRABAJO DE OFICIALES
DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL
En..... a..... de..... de 20.... entre...., con domicilio en la ciudad de..... calle.....,
representada por su Representante Legal, don....., del mismo domicilio y don.....,
en adelante el Trabajador, de nacionalidad chilena, carnet de identidad Nº....., se ha
convenido el presente contrato de trabajo:
PRIMERO: La Empresa....., contrata al trabajador señor..... como..... para
desempeñarse como..... en.....( nombre de la nave).
SEGUNDO: El Trabajador declara tener su título.. de embarque con vigencia, para
desempeñarse en las naves indicadas anteriormente.
TERCERO: El Trabajador percibirá un sueldo de $..... el que se pagará por
mensualidades vencidas, el último día hábil de cada mes. Sólo se descontarán de
esa suma, lo que corresponda legalmente;adicionalmente se cancelará un bono de
$..... por concepto de responsabilidad en el ejercicio de sus funciones.
CUARTO: Las funciones propias de su cargo serán aquellas establecidas por la Ley
de Navegación y Reglamento de Trabajo a Bordo en Naves de la Marina Mercante
Nacional.
La Empresa se reserva el derecho de encomendar al Trabajador cualquier otro trabajo
dentro de su giro, de acuerdo con su capacidad y competencia
QUINTO: La jornada de trabajo se determinará de conformidad a las circunstancias
propias de sus funciones y en todo caso conforme a las normas especiales de los
artículos 106, 107 y 108 del Código del Trabajo.
SEXTO:     
actividades desarrolladas en día Domingo, y otro por cada festivo en que se deban
prestar servicios. Estos descansos podrán ser comunes u otorgarse por turnos, sin
perjuicio del buen servicio urgente de la nave.
Si por razones de seguridad no pudiere otorgarse los descansos compensatorios,
estos se concederán acumulados una vez que la nave se encuentre fondeada en el
puerto de matrícula o en el puerto que convengan las partes.
SÉPTIMO: La duración del presente contrato será.....
OCTAVO: No dará lugar a pago alguno por sobretiempo las horas de trabajo
extraordinario que ordene el Capitán y que se realice en las siguientes circunstancias:
a) Cuando la seguridad de la nave, de las personas embarcadas o del cargamento,
esté en peligro, sea por neblina, mal tiempo, naufragio o incendio, o por otras causas
consideradas como fuerza mayor.

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