Contrato de trabajo trabajador forestal - Núm. 13, Julio 2014 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 702232613

Contrato de trabajo trabajador forestal

Páginas20-21
MANUAL EJECUTIVO LA BOR AL
20
CONTRATO DE TRABAJO TRABAJADOR FORESTAL
En.....a .....de .....de 20..... entre..... representado por don..... Rut Nº ..... nacido el .....
trabajador forestal..... Nacionalidad..... estado civil..... procedente de..... domiciliado
en..... en adelante el trabajador se ha convenido el siguiente contrato.
PRIMERO: El trabajador prestará sus servicios en .....
SEGUNDO: El trabajador deberá cumplir la siguiente jornada diaria de trabajo
distribuida de Lunes a Sábado inclusive: en la mañana de 8:00 a 12:00 hrs. y en la
tarde de 13:00 a 17:00 hrs.
Para los efectos del cumplimiento íntegro de la jornada ordinaria de trabajo señalada
precedentemente el trabajador deberá presentarse en el lugar de trabajo que
previamente se le hubiere asignado a la hora de iniciación de la jornada.
TERCERO: El empleador remunerará al trabajador con la suma de $..... mensual
pagadero en dinero efectivo en el lugar de trabajo. Esta será la única remuneración
a que tendrá derecho el trabajador por la prestación de sus servicios y de ella se
harán las deducciones que corresponde de acuerdo a la ley. En caso de convenirse
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entenderá como parte integrante de este contrato.
CUARTO: Además del Sueldo anterior el trabajador recibirá un bono de $..... por
concepto de..... Este se pagará por un período de.....
QUINTO: El pago de las remuneraciones en dinero efectivo se efectuará en la primera
semana de cada mes y dentro de la hora siguiente al término de la jornada.
SEXTO: En caso de que el trabajador no pudiere realizar sus labores habituales,
debido a las condiciones climáticas imperantes (lluvia), deberá realizar otras labores
compatibles con dichas condiciones, para lo cual deberá presentarse al lugar de
trabajo.
SEPTIMO: Cuando al trabajador se le entregue por el empleador elementos de
trabajo o de protección para realizar su faena, será obligación del trabajador cuidar
de su conservación y restituirlos al término de la respectiva labor o cuando lo requiera
el empleador considerando el desgaste por uso legítimo. En caso de pérdida, el
trabajador faculta al empleador para retener de su remuneración imponible el 15% para
cubrir el valor de las herramientas mientras no las restituya o acredite su destrucción
por uso legítimo o fuerza mayor.
OCTAVO: En el evento de estimarse conveniente para el desarrollo de las labores
asignadas el empleador habilitará campamentos en los cuales deberá vivir el
trabajador durante el tiempo que sea necesario para la conclusión de las mismas.
En este caso, el trabajador estará obligado a mantener limpio el campamento, en
buen estado y cooperar a que sus instalaciones no experimenten otros deterioros que
los debido al uso legítimo, aceptando en este acto las condiciones y características
de la vivienda.

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