La Corte Suprema y la cancelación de matrícula escolar - Núm. 19, Octubre 2018 - Serie Informe Justicia - Libros y Revistas - VLEX 744394977

La Corte Suprema y la cancelación de matrícula escolar

AutorJuan Francisco Cruz S. - María Paz Arzola G.
CargoAbogado y egresado de Filosofía de la Pontificia Universidad Católica de Chile - Ingeniero comercial con mención en Economía de la Pontificia Universidad Católica de Chile y Magíster en Economía de la UC.
Páginas8-12
Serie Informe Justicia 19 8
2.1 Introducción
Las facultades disciplinarias de los establecimien-
tos educacionales es un tópico que desde hace
tiempo ha sido tratado por los tribunales de justi-
cia. Un claro ejemplo fue lo sucedido el 8 de junio
de 2017, donde la Corte Suprema, en fallo dividido3, ordenó
al colegio La Maisonette reintegrar a una alumna a quien
por mala conducta se le canceló su matrícula escolar.
La Corte posee una larga experiencia conociendo recursos
de protección por cancelación de matrículas escolares,
donde los padres denuncian la vulneración de garantías
constitucionales de sus hijos. En este sentido, el fallo de
La Maisonette no presenta novedad alguna. Sin embargo,
la sentencia contiene características que alertaron a la co-
munidad educativa.
En el considerando octavo del fallo, la mayoría de los minis-
tros de la Tercera Sala estimaron que las faltas cometidas
por la alumna no eran lo sucientemente graves, y que por
tanto, la cancelación de la matrícula fue desproporcionada
y arbitraria. En principio la argumentación de la Corte sería
razonable. No obstante, un examen de la jurisprudencia en
materia de cancelación de matrícula muestra que la sen-
tencia en cuestión no transita por el mejor de los caminos.
En este estudio se aborda por qué el fallo dictado contra
el colegio La Maisonette es errado. Para lograr lo anterior,
seguiremos los siguientes pasos: primero, expondremos el
marco legal y administrativo que regula la cancelación de
matrículas. Segundo, diremos cuál ha sido, en general, la
correcta jurisprudencia de la Cor te en esta materia. Terce-
ro, mostraremos casos paradigmáticos donde los minis-
tros han abandonado su propia jurisprudencia, atentando
contra la autonomía de los colegios4.
L
2. LA CORTE SUPREMA Y
LA CANCELACIÓN DE MATRÍCULA ESCOLAR
2.2 Marco normativo, jurisprudencia de la
Corte Suprema y casos atentatorios contra
la autonomía escolar
a) Marco normativo
La Ley Nº 20.845, sobre inclusión escolar, en su artículo
sexto (letra d), regula las facultades disciplinarias de los di-
rectores de establecimientos educativos. La ley exige que
las sanciones deben estar descritas en el manual de convi-
vencia, y ser proporcionadas y justas. Ahora bien, respecto
a la sanción de expulsión y cancelación de matrícula, la ley
eleva las exigencias para su aplicación. En este sentido, la
ley exige dos nuevos requisitos: primero, que las causales
de expulsión deben estar claramente descritas en el ma-
nual de convivencia; y segundo, que dichas causales afec-
ten gravemente la convivencia escolar. Por último, la san-
ción de expulsión sólo puede aplicarse luego de tramitar
un proceso racional y justo, que contemple las garantías
mínimas de noticación, derecho a defensa y posibilidad
de recurrir.
A su vez, la Superintendencia de Educación (SIE), en su
instructivo sobre Reglamento Interno y Reglamento de Convi-
vencia5, indica los requisitos que debe cumplir todo manual
de convivencia escolar. En materia sancionatoria, el regla-
mento interno debe especicar:
1. Las conductas que constituyen faltas a la convivencia
escolar y graduarlas según su gravedad.
2. Las sanciones que origina la infracción a las normas
de convivencia.
3. Los procedimientos por los cuales se determinarán las
conductas que ameritan sanciones.
4. Las instancias de revisión correspondientes.
Además, la SIE dispone expresamente que “Sólo podrán
aplicarse sanciones o medidas disciplinarias contenidas en
el Reglamento Interno”6 y en el marco de un justo procedi-
3
Para el presente estudio se tuvo a la vista un universo de 112 sentencias de la
Corte Suprema, que abarca desde el año 2006 en adelante. Todos los fallos se
obtuvieron del buscador de jurisprudencia de la página web del Poder Judicial,
en el cual se ingresó, como criterio de búsqueda, la palabra “matrícula”.
4
Ocio N°2 de fecha 3 de enero de 2013.
5
Ibíd.
6

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