Culpabilidad, identidad y organización colectiva - Núm. 24, Diciembre 2017 - Política Criminal - Libros y Revistas - VLEX 738183573

Culpabilidad, identidad y organización colectiva

AutorCigüela, Javier
Páginas908-931
CIGÜELA, Javier “Culpabilidad, identidad y organización colectiva”.
Polít. crim. Vol. 12, Nº 24 (Diciembre 2017), Art. 7, pp. 908-931.
[http://www.politicacriminal.cl/Vol_12/n_24/Vol12N24A7.pdf]
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Culpabilidad, identidad y organización colectiva
Guilt, Identity and Collective Organization
Dr. Javier Cigüela Sola*
Universitat Abat Oliba / Universitat Oberta de Catalunya
jciguelas@uao.es / jciguela@uoc.edu
Resumen
La capacidad que tienen las organizaciones de condicionar las disposiciones y las acciones
de sus miembros es ya un fenómeno indiscutido. El debate centenario y todavía muy
vivo es si esa influencia puede reconducirse a categorías jurídico-penales. La tesis central
del presente artículo es que la responsabilidad que tenga la organización por sus defectos
organizativos no puede integrarse en el concepto de culpabilidad, pues aquélla carece de las
condiciones de identidad necesarias para manifestar un posicionamiento personal frente a la
norma penal. Aquello que la organización “es” –su filosofía o cultura corporativa y
aquello que “hace” su correcta o incorrecta organización depende de otros, y no es
posible hablar de una culpabilidad propia fundada en prestaciones que la organización
recibe de terceros.
Palabras clave: culpabilidad, persona jurídica, identidad penal, reproche, organización
Abstract
The influence of organizations on its member’s actions and dispositions is nowadays an
undisputed phenomenon. The debate centenarian and still very alive is whether this
influence can be redirected to criminal law categories. The central thesis of this article is
that the responsibility that the organization has for its organizational defects cannot be
integrated into the concept of guilt, since it lacks the necessary identity conditions to
commit a personal offence against the penal norm. What the organization “is” its
corporate philosophy or culture and what it “does” –its correct or incorrect organization
depends on others, and it is not possible to speak of personal culpability based on benefits
that the organization receives from others.
Key words: guilt, legal person, penal identity, reproach, organization
1. El problema: el componente estructural de la delincuencia en organizaciones
La pregunta por la culpabilidad colectiva resurge siempre en momentos históricos en los
que determinados fenómenos criminales no parecen poder explicarse solamente desde la
perspectiva individual la disposición o motivación de los individuos, requiriéndose
también una explicación estructural o sistémica, esto es, que tenga en cuenta el modo en
CIGÜELA, Javier “Culpabilidad, identidad y organización colectiva”.
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que determinados contextos de interacción social favorecen el comportamiento criminal.
Así sucedió en relación a la violencia política ocurrida durante la primera mitad del siglo
XX y los totalitarismos, donde la culpabilidad colectiva apareció como una posible
explicación o respuesta a los crímenes en masa perpetrados en el seno de diversas
estructuras de Estado1; y así viene sucediendo con motivo de la crisis económica en el siglo
XXI, la cual estaría conectada a una serie de fenómenos criminales de carácter económico-
político, como el fraude bancario o la corrupción, que no se dejan comprender
adecuadamente sin tener en cuenta el estado defectuoso de determinadas organizaciones
sean empresas, partidos políticos o la propia administración 2. Ante la percepción de que
este tipo de criminalidad tiene en buena medida una explicación sistémica o estructural,
parece necesario preguntarse si hay que articular responsabilidades que operen también en
niveles supra-individuales.
Sobre la base de la necesidad de prevenir la existencia de organizaciones donde se
incentiva, favorece u oculta el delito, la dogmática jurídico-penal ha ideado básicamente
dos modelos de culpabilidad para organizaciones, por todos conocidos: el modelo de
culpabilidad por el hecho propio y el modelo de culpabilidad por transferencia. Con
independencia de que otros conceptos y formas de responsabilidad sean posibles mi
propuesta es la de un modelo de responsabilidad estructural, disociado de la idea de
culpabilidad y de reproche3, el principal obstáculo al que se enfrentan los modelos de
culpabilidad colectiva se halla en la identidad de la propia organización a la que se querría
atribuir el hecho delictivo. A demostrar dicha idea se dedica el presente artículo, en primer
lugar, analizando los dos principales paradigmas teóricos de los que se sirven sus
defensores (II); y, en segundo lugar, argumentando qué cualquier intento de culpabilizar a
la organización por los delitos ocurridos en su seno choca con déficits de identidad que son
para ella constitutivos (III).
2. Fundamentaciones de la culpabilidad colectiva: el paradigma filosófico-
intencional y el sociológico-sistémico
En lo que al pensamiento contemporáneo respecta, las fundamentaciones de la culpabilidad
colectiva podrían reconducirse a dos grandes paradigmas: el «paradigma filosófico-
intencional», desarrollado por autores como French o Pettit y muy presente en el mundo
* El presente artículo fue publicado en la re vista Goltdammer's Archiv für Strafrecht (GA) 10/2016, pp. 625-
638, excepto el punto II, que es inédito.
1 Cfr. JASPERS, Karl, Die Schuldfrage, Heidelberg: Lambert Schneider, 1946; ROTHENPIELER, Friedrich
Wilhelm, Der Gedanke einer Kollektivschuld in juristischer Sicht, Berlin: Duncker & Humblot, 1982;
ARENDT, Hannah, Eichmann en Jerusalén, Barcelona: DeB olsillo, 2010. En la ciencia penal:
OSTERMEYER, Helmut, “Kollektivschuld im Strafrecht”, ZRP, Heft 4/1971, p p. 76 y ss.; ROTH, Andreas,
Kollektive Gewalt und Strafrecht, Berlin: Erich Schmidt Verlag, 1989; JÄGER, Herbert, Makrokriminalität,
Frankfurt am Main: Suhrkamp Verlag,1989; LAMPE, “Systemunrecht und Unrechtssysteme”, ZStW 106
(1994), 700 y ss., 709.
2 Una panorámica general, desde ópticas diversas: JURKIEWICZ, Carole L. (Ed.), The Foundations of
Organizational Evil, New York: M.E. Sharpe, 2012.
3 CIGÜELA SOLA, Javier, La culpabilidad colectiva en el derecho penal. Crítica y propuesta de una
responsabilidad estructural de la empresa, Madrid: Marcial Pons, 2015, Parte III; EL MISMO, “El injusto
estructural de la organización: aproximación al fundamento de la sanción a la persona jurídica” , InDret
1/2015.

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