Daño material por expropiación, más allá del costo de reposición del bien expropiado. Comentario al caso Inmobiliaria Alameda S.A. con servicio de vivienda y urbanización metropolitano, Corte Suprema, 2020 - Núm. 35, Diciembre 2020 - Revista Chilena de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 858571209

Daño material por expropiación, más allá del costo de reposición del bien expropiado. Comentario al caso Inmobiliaria Alameda S.A. con servicio de vivienda y urbanización metropolitano, Corte Suprema, 2020

AutorPatricio Ponce Correa
CargoProfesor de Derecho Administrativo y Derecho Constitucional. Escuela de Derecho, Universidad de Tarapacá, Arica, Chile. Doctorando en Derecho, Universidad de los Andes, Chile. Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas de la Universidad de Tarapacá. Magíster en Ciencias Jurídicas, Universidad de Tarapacá. Dirección postal: Cardenal Caro n.° 348,...
Páginas229-238
Comentarios de jurisprudencia
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Revista Chilena de Derecho Privado, nº 35, pp. 229-238 [diciembre 2020]
OBLIGACION ES Y RESPONSABI LIDAD CIVIL
Patricio Ponce Correa*
DAÑO MATERIAL POR EXPROP IACIÓN, MÁS ALLÁ DEL COSTO
DE REPOS ICIÓN DEL BIE N EXPROPIAD O.
COMENTARIO AL CASO INMO BILIARIA ALAMEDA S.A.
CON SERVICIO DE VIVIE NDA Y URBANIZACIÓN METROP OLITANO,
CORTE SUPREMA, 2020
MATERIAL DAMAGE DUE TO EXPROP RIATION,
BEYOND THE COST OF R EPLACEM ENT OF THE EXPROP RIATED PROPERTY.
COMMENT ON TH E CASE INMOB ILIARIA ALAMEDA S.A.
WITH SERVICIO DE VIVIEN DA Y URBANIZACIÓN METROPO LITANO,
CORTE SUPREMA, 2020
RESUME N
El presente trabajo comenta una sentencia de la Corte Suprema y discurre acerca
del contenido de la indemnización expropiatoria, respecto del daño material;
con la finalidad de constatar que este no queda restringido a la compensación
económica por la pérdida del bien, sino que, en virtud de la regla constitucio-
nal, comprende también toda otra consecuencia patrimonial dañosa efectiva
causada al propietario, a consecuencia directa e inmediata de la expropiación.
Así, en el caso de una expropiación parcial, además del costo de reposición
del bien expropiado, la indemnización puede abarcar el costo del daño material
ocasionado a las edificaciones existentes en la fracción no expropiada de un
inmueble, en tanto se verifique como una consecuencia inmediata y directa de la
expropiación, y la ulterior concreción de las obras que motivan el acto ablatorio.
Palabras claves: expropiación; régimen resarcitorio especial; daño emergente.
* Profesor de Derecho Administrativo y Derecho Constitucional. Escuela de Derecho,
Universidad de Tarapacá, Arica, Chile. Doctorando en Derecho, Universidad de los Andes,
Chile. Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas de la Universidad de Tarapacá. Magíster en
Ciencias Jurídicas, Universidad de Tarapacá. Dirección postal: Cardenal Caro n.° 348, Arica,
Chile. Correo electrónico: pponce@academicos.uta.cl.
Recepción: 2020-09-13; aceptación: 2020-10-02.

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