El daño moral por muerte o lesiones en la jurisprudencia, con particular referencia a los accidentes del trabajo
Autor | Jorge Baraona González/Pedro Zelaya Etchegaray |
Páginas | 177-196 |
JURISPRUDENCIA, CON PARTICULAR REFERENCIA A
LOS ACCIDENTES DEL TRABAJO
H C o r r a l T a l c ia n i
Pro fesor d e De recho Civil
Univ ersidad d e los An des
I. El mor al c o mo j u r ispr u d e n c i a l
de perjuicios no p atrimoniales. Para clausurar el sistema y evitar liti-
hasta las primeras decenas del siglo XX. A la luz de una nueva
perspectiva d el Derecho Civil que pone el acento e n l a integralidad
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La Corte de Santiago ordena indemn izar l os perjuicios al padre que
demanda por la muerte de u n hijo d e corta edad ocasio nada por un
cuasidelito (C. Stgo. 27 de julio de 1907, R DJ t. 4, sec. 2 a p. 139 )1 2.
mente l a Corte S uprema emite dos fallos, u no bajo la fuerza de la
RD J t. 21,
sec. I a, p. 529) y otro en la que adopta expresamente la idea contra-
diciembre de 1922, RD J
cosas (art. 2315 CC) y los causados a las pe rsonas (art. 2329 CC), y
En esta relectura de los precept os civiles, la norma del art. 2331 CC,
(C. Sup. 26 de agosto de 1941, RDJ t. 39 , sec. I a, p. 203).
1 La jurispru dencia q ue se ci ta en es te trab ajo pro viene d e las revistas tradici onales q ue
publi can fallos: RDJ= Re vista de D erec ho y Jurisp ruden cia, GJ FM=
utilizado p or d icha base.
en las fa milias, la vi da human a e s un e leme nto de verdad era riqueza, y baj o e ste
el v oto diside nte de Luis Bar riga.
tual. Jurisp rude ncia y doctrin a,
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