Debido proceso y justicia tributaria: algunos comentarios a partir de la sentencia del Tribunal Constitucional Rol Nº2529 - Núm. 12, Enero 2016 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 706731765

Debido proceso y justicia tributaria: algunos comentarios a partir de la sentencia del Tribunal Constitucional Rol Nº2529

AutorFlorencia Larraín Villanueva
Páginas293-305
293
DEBIDO PROCESO Y JUSTICIA DEBIDO PROCESO Y JUSTICIA
TRIBUTARIA:TRIBUTARIA:
ALGUNOS COMENTARIOS A LA LUZ ALGUNOS COMENTARIOS A LA LUZ
DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL ROL Nº 2529CONSTITUCIONAL ROL Nº 2529
F
LORENCIA
L
ARRAÍN
V
ILLANUEVA
F
LORENC IA
L
ARRAÍ N
V
ILLAN UEVA
RESUMEN: A partir de la sentencia del Tribunal Constitucional, rol n° 2529,
que falla en la controversia sobre la procedencia o no del recurso de casación en
procedimientos especiales, se desprende la introducción de un criterio pro con-
tribuyente o pro homine, ausente hasta antes de su dictación. El comentario,
además, critica la ausencia de una posición clara por parte del Tribunal, indi-
cando que una adecuada interpretación de la norma constitucional reconoce los
criterios de razonabilidad y deferencia, pero ante todo, debe respetar la servicia-
lidad del Estado frente a la persona.
SUMARIO: 1. Introducción. 2. La sentencia del Tribunal Constitucional. 3. El voto
de mayoría y sus fundamentos. 4. El voto disidente. 5. Comentarios.
1. INTRODUCCIÓN
Seleccionar y destacar una sentencia plantea la disyuntiva de elegir
fallos que merecen objeciones, reparos o dudas o preferirlos por la
lucidez y claridad de sus argumentos. El fallo que destaco a conti-
nuación pertenece a este último grupo y representa, a juicio de la
autora, un novedoso avance en el reconocimiento de los derechos
constitucionales del contribuyente.
En el ámbito tributario es poco común observar en nuestra juris-
prudencia interpretaciones que favorezcan los intereses del con-
tribuyente por sobre los  scales. En la jurisprudencia del Tribunal
Constitucional, “delimitador último en materia constitucional”1,
es aun menos frecuente. Ello pues, a las di cultades legales, eco-
nómicas y de tiempo que implica litigar con el Fisco, se agrega
1 N (2010) p.150.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR