Declaración Jurada N° 1822: sobre enajenación de derechos sociales o acciones de pago financiados con reinversion, y devoluciones de capital imputadas al fondo de utilidades reinvertidas - Núm. 54, Diciembre 2017 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703294705

Declaración Jurada N° 1822: sobre enajenación de derechos sociales o acciones de pago financiados con reinversion, y devoluciones de capital imputadas al fondo de utilidades reinvertidas

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DECLARACIONES JURADAS
AÑO TRIBUTARIO 2018
16. La columna “Segunda unidad” deberá ser informada sólo en caso que se informen
contratos Swap. En dichos casos este campo deberá ser completado de acuerdo a las mismas
instrucciones especicadas para la columna “Unidad”, en el punto 14 anterior, respecto del
nocional de la Contraparte.
17. En la columna “Segundo monto nocional (sólo Swap)” se deberá ingresar el monto del
nocional de la Contraparte en el caso de contratos Swap. Para otros tipos de contratos se
deberá dejar este campo en blanco.
18. En la columna “Fecha de vencimiento o liquidación” se deberá señalar la fecha de
vencimiento indicada en el contrato o en la modicación respectiva. En el caso de informarse
la liquidación de un contrato, se deberá señalar la fecha de liquidación.
En el caso de contratos Swap, se deberá indicar como fecha de vencimiento la última fecha
de pago de los ujos estipulada en el contrato.
CUADRO RESUMEN DE LA DECLARACIÓN
19. En el campo “Total de datos informados” ingrese el número de registros (operaciones)
informados en la Sección B: Datos de los contratos informados.
El incumplimiento a la obligación de presentar esta Declaración Jurada, o la presentación con
información maliciosamente incompleta o falsa, será sancionado en la forma prevista en el
N°4 o N°5 del artículo 97 del Código Tributario, según corresponda.
Adicionalmente, cuando no se presente oportunamente esta Declaración Jurada o cuando se
presente con información o antecedentes erróneos, incompletos o falsos, los contribuyentes
no podrán deducir las pérdidas o gastos provenientes de los derivados no declarados en forma
oportuna, o declarados en forma errónea, incompleta o falsa. En caso que de todas formas se
deduzcan tales pérdidas o gastos se aplicará, según corresponda, lo dispuesto por los artículos
8. DECLARACIÓN JURADA N° 1822: DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE
ENAJENACION DERECHOS SOCIALES O ACCIONES DE PAGO FINANCIADOS
CON REINVERSION, Y DEVOLUCIONES DE CAPITAL IMPUTADAS AL FONDO DE
UTILIDADES REINVERTIDAS.
VENCIMIENTO: 28 de febrero
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1822
1.- Esta Declaración Jurada debe ser presentada por las Empresas Individuales de
Responsabilidad Limitada, Sociedades de Personas, Sociedades En Comandita por Acciones,
Sociedades por Acciones y Sociedades Anónimas Abiertas o Cerradas establecidas en Chile,
que hubieren recibido inversiones de aquéllas a que se reere el N° 2, de la letra A), del
artículo 14 de Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), en el caso que los inversionistas hayan
enajenado las acciones de pago, o los derechos sociales, según corresponda, adquiridos en
su oportunidad con utilidades reinvertidas, como también en caso de producirse devoluciones
de capital social imputadas al Fondo de Utilidades Reinvertidas (FUR)

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