Declaración Jurada N° 1835: declaración jurada anual sobre bienes raíces arrendados - Núm. 32, Febrero 2016 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703906309

Declaración Jurada N° 1835: declaración jurada anual sobre bienes raíces arrendados

Páginas97-99
97
Declaraciones Juradas
Año Tributario 2016
Columna “Número de Certicado”: Se registra el N° del Certicado Modelo N° 27 entregado
al beneciario o asegurado.
4. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas
correspondientes.
El recuadro “Total de Casos Informados” corresponde al número total de los casos que se
está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los que deben
numerarse correlativamente.
El retardo u omisión de la presentación de esta Declaración Jurada, se sancionara de acuerdo
con lo prescrito en el Artículo 97 N° 15 del Código Tributario.
17. DECLARACIÓN JURADA N° 1835: DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE BIENES
RAÍCES ARRENDADOS.
VENCIMIENTO: 21 de marzo
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1835
1. La presente Declaración Jurada deberá ser presentada por los corredores de propiedades y
las personas que hubieren entregado en arriendo por cuenta de terceros Bienes Raíces, cuyo
avalúo scal, de cada uno de ellos, sea igual o superior a $ 30.000.000, y sólo en los casos
en que la participación del corredor o intermediario haya comprendido la administración del
respectivo contrato de arrendamiento. Tales contribuyentes deberán informar sobre todas las
propiedades entregadas en arriendo durante el año calendario anterior, ya sea que el arriendo
abarque el año completo o sólo una parte de él.
También se encuentran obligados a presentar esta Declaración Jurada, los contribuyentes
de la Primera Categoría a que se reere el Artículo 20 de la Ley de la Renta, que para el
desarrollo de su actividad hayan tomado en arriendo Bienes Raíces cuyo avalúo scal, de
cada uno de ellos, sea igual o superior a $ 30.000.000, siempre que el respectivo contrato de
arrendamiento haya sido suscrito directamente por el contribuyente de la Primera Categoría
y no por un corredor de propiedades u otra persona que actúe como arrendador en virtud de
un mandato. Tales contribuyentes deberán informar sobre todas las propiedades que hubiesen
tomado en arrendamiento durante el año calendario anterior, ya sea que el arriendo abarque
el año completo o sólo una parte de él.
Para los nes de esta Declaración Jurada no deben considerarse las propiedades cuyo uso
haya sido transferido por medio de contratos Leasing.
La información del Avalúo Fiscal del Bien Raíz podrá obtenerla a través del sitio Web del SII
(www.sii.cl), en la opción de “Consulta de Avalúos y Certicados”, dentro del menú de Bienes
Raíces.
Con la información de la dirección y comuna del Bien Raíz, podrá obtener el Rol de la propiedad
a través del sitio Web dela Tesorería General de la República (www.tesoreria.cl), en la opción
de “Contribuciones”.
Se debe identicar el “Tipo de Declarante” (Arrendatario del Bien Raíz o Corredor de
Propiedades o Intermediario), marcando la opción correspondiente.

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