Declaración Jurada N° 1842: declaración jurada mensual sobre determinación del crédito especial de empresas constructoras - Núm. 32, Febrero 2016 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703906333

Declaración Jurada N° 1842: declaración jurada mensual sobre determinación del crédito especial de empresas constructoras

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Manual EjEcutivo tributario
23. DECLARACIÓN JURADA N° 1842: DECLARACIÓN JURADA MENSUAL SOBRE
DETERMINACIÓN DEL CRÉDITO ESPECIAL DE EMPRESAS CONSTRUCTORAS.
VENCIMIENTO: Ultimo día del mes de presentación de F29
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1842
1. Esta declaración debe ser presentada a partir de Febrero de 2010, por aquellas empresas
constructoras que hagan uso del Crédito Especial Empresas Constructoras (CEEC) en el
código [126] del Formulario 29, en virtud de lo señalado en el artículo 21° del D.L. N° 910, de
1975, y sus modicaciones.
Las empresas constructoras deberán presentar esta Declaración Jurada sólo en los meses
en que se impute CEEC en el código [126] del Formulario 29.
Plazo de Presentación: El plazo de presentación será hasta el último día hábil del mes en
que venza el plazo para presentar el Formulario 29 correspondiente al período en que imputó
crédito especial a empresas constructoras (CEEC), es decir, por ejemplo, si en el Formulario
29 correspondiente al período tributario Enero 2010 y que vence en el mes de febrero de 2010,
se imputó dicho crédito bajo el código 126, entonces el contribuyente tendrá plazo hasta el
último día hábil de Febrero de 2010 para presentar dicha declaración.
En la declaración jurada de Febrero de 2010 los contribuyentes deberán informar aquellas
operaciones de uso del CEEC que correspondan al mes de Enero de 2010 y/o a los períodos
comprendidos entre Julio de 2009 y Diciembre de 2009. En las declaraciones juradas
posteriores, es decir las que se presenten a partir de Marzo de 2010 sólo deberán informarse las
operaciones de uso del CEEC correspondientes a las imputaciones realizadas exclusivamente
en el mes anterior, es decir, en Marzo de 2010 se deberá informar las imputaciones realizadas
en Febrero de 2010, en Abril las de Marzo y así sucesivamente.
Sólo en los casos de Contratos Generales de Construcción, deberá contener información
relativa a las imputaciones mensuales que el contribuyente hubiere efectuado con motivo de
la ejecución de proyectos en los que haya comenzado a imputar CEEC con anterioridad al 30
de Junio de 2009, cuando a dicho proyecto aún le reste un monto por utilizar.
El campo “período tributario” corresponde al mes en que se imputó CEEC en el código [126]
del Formulario 29. El formato a ingresar será mmaaaa. A modo de ejemplo: si se imputó CEEC
en el código [126] del Formulario 29 del mes de julio de 2009, el período tributario a ingresar
en la Declaración Jurada será 07-2009.
2. SECCIÓN A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
Se debe identicar la empresa constructora, indicando su número de Rut, Nombre o Razón
Social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en
estos dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código de área).
3. SECCIÓN B: DETALLE DE DETERMINACIÓN MENSUAL DEL CRÉDITO ESPECIAL
EMPRESAS CONSTRUCTORAS.
DATOS DEL DOCUMENTO QUE AUTORIZA LAS OBRAS
En la columna “Tipo de Documento” deberá registrar el documento que permite la ejecución
de las obras, ingresando el número correspondiente, según la siguiente descripción:

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