Declaración Jurada N° 1847: declaración jurada anual sobre balance de 8 columnas - Núm. 32, Febrero 2016 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703906345

Declaración Jurada N° 1847: declaración jurada anual sobre balance de 8 columnas

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Manual EjEcutivo tributario
3. Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (RECEPTOR DE LA RENTA: SUELDOS,
PENSIONES Y RENTAS SIMILARES DE LAS CUALES SE DESCONTÓ LA DONACIÓN)
Columna “RUT de la Persona que efectuó la donación (Trabajador o pensionado)”: Debe
registrar el RUT del trabajador dependiente o pensionado al cual se le efectuó el descuento
por la donación al Fondo Nacional de Reconstrucción, según Ley N° 20.444 del año 2010.
Columna “Montos Anuales Actualizados”:
• Columnas “Crédito Art. 5 Inciso Segundo de la Ley N° 20.444/2010” y “Crédito Art. 9 de la Ley
N° 20.444/2010: Deberá anotarse el monto anual a valor actualizado del crédito determinado
por aquellos meses del año calenda- rio respectivo en que se efectuaron donaciones al Fondo
Nacional de Reconstrucción con o sin destino especíco según las normas de la Ley N° 20.444
y el cual fue imputado mensualmente al Impuesto Único de Segunda Categoría. El monto del
referido crédito equivalente al 40% de las donaciones efectuadas a valor actualizado.
• Columna “Períodos al Cual Corresponden las Rentas de las cuales se rebajaron la
donaciones”: Se debe marcar con una “x”, en cada periodo en que se realizó un descuento
por donación destinada al Fondo Nacional de Reconstrucción de la Ley N° 20.444.
• Columna N° Certicado: Se debe anotar el N° del certicado emitido a cada trabajador o
pensionado, informan- do los créditos por donaciones rebajados mensualmente del Impuesto
Único de Segunda Categoría.
4 .CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas
correspondientes.
Columna “Total de Casos Informados” corresponde al número total de los casos que se
está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los que deben
numerarse correlativamente.
El retardo u omisión de la presentación de esta Declaración Jurada, se sancionará de acuerdo
con lo prescrito en el artículo 97 N° 1 del Código tributario.
26. DECLARACIÓN JURADA N° 1847: DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE
BALANCE DE 8 COLUMNAS.
VENCIMIENTO: 15 de junio
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1847
1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por los contribuyentes clasicados en los
segmentos de “Medianas Empresas”, “Grandes Empresas” y también por aquellos que se
encuentren dentro de la nómina de Grandes Contribuyentes conforme a la Resolución dictada
por este Servicio de acuerdo a la facultad dispuesta en el artículo 3° bis de la Ley Orgánica de
este Servicio, al 31 de diciembre del año anterior. Quedarán exceptuados de esta obligación
aquellos contribuyentes acogidos a los regímenes tributarios establecidos en los artículos 14
Cada contribuyente puede consultar el segmento al cual pertenece en el sitio de Internet del
SII, en menú “Mi Información Tributaria/Mis Datos”. Link: https://misii.sii.cl/cgi_misii/siihome.cgi

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