Declaración Jurada N° 1849: declaración jurada anual sobre intereses devengados e impuesto retenido conforme al artículo 74 n° 7 de la ley sobre impuesto a la renta, correspondiente a inversiones efectuadas por corredores de bolsa, agentes de valores u otros intermediarios, por cuenta de terceros inversionistas - Núm. 32, Febrero 2016 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703906353

Declaración Jurada N° 1849: declaración jurada anual sobre intereses devengados e impuesto retenido conforme al artículo 74 n° 7 de la ley sobre impuesto a la renta, correspondiente a inversiones efectuadas por corredores de bolsa, agentes de valores u otros intermediarios, por cuenta de terceros inversionistas

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Declaraciones Juradas
Año Tributario 2016
La columna “Referencia legal otros benecios tributarios” únicamente deberá utilizarse cuando
en la columna anterior “Norma que establece el benecio tributario”, se haya utilizado el
código 10 “Otras normas que establecen benecios tributarios”, con el objeto de especicar
la referencia legal de la norma en que se establece el benecio tributario (exención, carácter
de ingreso no renta, u otro) que se aplicó a la transacción que se informa. Para estos efectos,
se deberá indicar el número del artículo en que se establece el benecio tributario aplicado y
número y año de la ley a que corresponde, utilizando números y palabras, por ejemplo, “inciso
3° del Art. 1° de la Ley N° 99.999, de 2012.”
En la columna “Monto exento o beneciado (pesos)” deberá registrar el monto del mayor valor,
renta, ingreso o incremento patrimonial sobre el que se aplicó el benecio tributario que se
informa en las dos columnas anteriores.
No obstante, cuando el benecio tributario utilizado corresponda al crédito establecido en el
inciso cuarto del artículo 108 de la Ley de la Renta, es decir, en el campo “Norma que establece
el benecio tributario”, se haya empleado el código 5 “Inciso cuarto del Artículo 108 Ley de la
Renta”, el monto de dicho benecio deberá ser informado en el campo “Crédito impuesto de 1°
categoría o inciso 4° artículo 108 LIR (pesos)”, por lo tanto, en esta columna, “Monto exento o
beneciado”, se deberá señalar el monto de la base de cálculo sobre la que se aplicó la tasa
de crédito que corresponde a dicho benecio.
4. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
En el campo “N° de transacciones informadas” ingrese la cantidad de registros informados en
la sección B de la declaración jurada.
En el campo “Monto total de impuestos retenidos y/o pagados (pesos)” ingrese la sumatoria
de los valores de la columna “Impuesto retenido y/o pagado (pesos)” de la sección B de la
declaración jurada. Si no ha informado valores en la columna “Impuesto retenido y/o pagado
(pesos)” referida, entonces, en este campo “Monto total de impuestos retenidos y/o pagados”
debe ingresar el valor cero.
En el campo “Monto total exento o beneciado (pesos)” ingrese la sumatoria de los valores
de la columna “Monto exento o beneciado” de la sección B de la declaración jurada. Si en la
declaración jurada no fueron informados valores en la columna “Monto exento o beneciado
(pesos)” referida, entonces, en este campo “Monto total exento o beneciado (pesos)” debe
ingresar el valor cero.
El retardo u omisión en la presentación de esta declaración jurada, será sancionado de acuerdo
a lo previsto en el N° 15 del artículo 97 del Código Tributario, sin perjuicio de la aplicación
de las sanciones especícas establecidas en los N°s 5 y 7 del artículo 106 de la Ley sobre
Impuesto a la Renta.
28. DECLARACIÓN JURADA N° 1849: DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE
INTERESES DEVENGADOS E IMPUESTO RETENIDO CONFORME AL ARTÍCULO 74
N° 7 DE LA LEY DE LA RENTA, CORRESPONDIENTE A INVERSIONES EFECTUADAS
POR CORREDORES DE BOLSA, AGENTES DE VALORES U OTROS INTERMEDIARIOS,
POR CUENTA DE TERCEROS INVERSIONISTAS.
VENCIMIENTO: 30 de marzo

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