Declaración Jurada N° 1856: Declaración jurada anual sobre créditos otorgados por bancos e instituciones financieras extranjeras o internacionales a instituciones financieras chilenas, cuyos intereses se encuentran exentos del impuesto adicional, en virtud de la letra b), N° 1, inciso 4, art. 59° L.I.R - Núm. 20, Febrero 2015 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 704691901

Declaración Jurada N° 1856: Declaración jurada anual sobre créditos otorgados por bancos e instituciones financieras extranjeras o internacionales a instituciones financieras chilenas, cuyos intereses se encuentran exentos del impuesto adicional, en virtud de la letra b), N° 1, inciso 4, art. 59° L.I.R

Páginas225-227
225
Declaraciones Juradas
Año Tributario 2015
41. DECLARACIÓN JURADA N° 1856: DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE
CRÉDITOS OTORGADOS POR BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS
EXTRANJERAS O INTERNACIONALES A INSTITUCIONES FINANCIERAS
CHILENAS, CUYOS INTERESES SE ENCUENTRAN EXENTOS DEL IMPUESTO
ADICIONAL, EN VIRTUD DE LA LETRA B), N° 1, INCISO 4, ART. 59° L.I.R.
VENCIMIENTO: 30 de junio.
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA
Nº 1856
1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por las Instituciones Financieras
constituidas en el país, que hayan obtenido créditos desde el exterior por Instituciones
Bancarias o Financieras Extranjeras o Internacionales cuyos intereses no se
encuentren gravados con Impuesto Adicional, en virtud de lo establecido en el párrafo
segundo de la letra b) del N° 1 del inciso cuarto del Artículo 59° de la Ley Sobre
Impuesto a la Renta.
Se entenderá que, con la presentación de la Declaración Jurada, la Institución
Financiera constituida en el país declara bajo juramento que los créditos otorgados
desde el exterior no han sido ni serán utilizados para nes distintos que otorgar un
crédito al exterior.
Se debe identicar el “Tipo de Declaración” en el cuadro correspondiente (Original
o Recticatoria). Marcar con una “X” si es Original o indicando el RUT y folio de la
declaración anterior, en caso de tratarse de una Declaración Recticatoria.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
En esta sección deben señalarse los datos relativos a la identicación del declarante
Institución Financiera, indicando RUT, nombre o razón social, domicilio postal, comuna,
correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se
debe anotar el número incluyendo su código de discado directo).
3. Sección B: ANTECEDENTES DE LOS CRÉDITOS OTORGADOS DESDE EL
EXTERIOR POR INSTITUCIONES BANCARIAS O FINANCIERAS EXTRANJERAS
O INTERNACIONALES Y DE LOS CRÉDITOS OTORGADOS AL EXTERIOR A
EXTRANJEROS SIN DOMICILIO NI RESIDENCIA EN CHILE
B.1. “IDENTIFICACIÓN DE LA OPERACIÓN CREDITICIA”:
Columna “N°”: Indicar el número correlativo de la cantidad de créditos informados.
Columna “Acreedor o Deudor Extranjero No Residente que Informa”: Indicar con
una “X” en el recuadro “Acreedor” si la operación que se va a informar es el crédito
otorgado desde el exterior por una Institución Financiera Extranjera. Por otro lado,
indique con una “X” en el recuadro “Deudor” si la operación a informar es el crédito
otorgado al exterior, a un extranjero no residente ni domiciliado en Chile, por la
Institución Financiera constituida en el país.

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