Declaración Jurada N° 1866: sobre compras de petróleo diesel, afectas al impuesto específico ley n° 18.502, de 1986, el que puede ser deducido del débito fiscal, de acuerdo a la ley n° 19.764 de 2001 - Núm. 79, Enero 2020 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 850078204

Declaración Jurada N° 1866: sobre compras de petróleo diesel, afectas al impuesto específico ley n° 18.502, de 1986, el que puede ser deducido del débito fiscal, de acuerdo a la ley n° 19.764 de 2001

Páginas87-89
87
DECLARACIONES JURADAS AÑO TRIBUTARIO 2020
Columna “Tax-ID”: Deberá registrarse el Código de Administración Tributaria o
de Identicación que corresponde la persona natural o jurídica o entidad que actúa
como contraparte de la operación en el exterior.
Columna “Código País”: Indicar el país al que se envían o en donde se destinan
o desde el que se reciben los fondos, según corresponda a la operación, utilizando
para ello los códigos señalados en el Anexo 8.4 de este Suplemento.
Columna “Banco o Entidad Intermediarios o Corresponsales en el Extranjero”:
Corresponde al nombre completo del Banco, Institución Financiera o Entidad que
actúa como intermediario o corresponsal recibiendo, enviando o disponiendo de los
fondos en el exterior, según sea el caso.
4. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Columna “Total de Casos Informados”: Deberá indicar el número total de
operaciones informadas.
Columna “Total de Ingresos Informados ($)”: Deberá registrar el monto total (en
pesos) de operaciones informadas bajo el concepto de Ingresos, según Anexo 8.6
del Suplemento. (Dicha tabla se basa en la codicación señalada en el Manual de
Procedimientos y Formularios de Información del Compendio de Normas de Cambios
Internacionales del Banco Central de Chile)
Columna “Total de Egresos “Informados ($)”: Deberá registrar el monto total (en
pesos) de operaciones informadas bajo el concepto de Egresos, según Anexo 8.6
del Suplemento. (Dicha tabla se basa en la codicación señalada en el Manual de
Procedimientos y Formularios de Información del Compendio de Normas de Cambios
Internacionales del Banco Central de Chile).
17.- DECLARACIÓN JURADA N° 1866: SOBRE COMPRAS DE PETROLEO
DIESEL, AFECTAS AL IMPUESTO ESPECIFICO LEY N° 18.502, DE 1986, EL
QUE PUEDE SER DEDUCIDO DEL DEBITO FISCAL, DE ACUERDO A LA LEY
N° 19.764, DE 2001.
VENCIMIENTO: 01 de Julio
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº
1866
1.- Esta declaración debe ser presentada por las Empresas de Transporte de Carga
Terrestre que deduzcan el Impuesto Especíco al Petróleo Diesel, del débito scal,
según lo señalado en el Artículo 2° de la Ley N° 19.764 de 2001 y en el Artículo Único
de la Ley N° 19.935 de 2004.
Todo contribuyente que presente su Declaración Jurada mediante el Formulario 1866
deberá presentar el Formulario 1867 sobre Detalle de Rendimientos de Vehículos
que utiliza Petróleo Diesel, en Empresas de Transporte Terrestre de Carga.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR