Declaración Jurada N° 1927: por empleadores de trabajadores de las artes y espectaculos, articulos 145 a y siguientes del codigo del trabajo, para fines previsionales - Núm. 54, Diciembre 2017 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703295049

Declaración Jurada N° 1927: por empleadores de trabajadores de las artes y espectaculos, articulos 145 a y siguientes del codigo del trabajo, para fines previsionales

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DECLARACIONES JURADAS
AÑO TRIBUTARIO 2018
Saldo acreedor: Registre el monto total de los saldos acreedores detallados en la columna
“Monto ajuste del ejercicio a Patrimonio Financiero”.
Columna “Total de Casos Informados”: Corresponde al número total de casos que está
informando a través de la primera columna de la Sección B más el número total de casos que
está informando a través de la primera columna de la Sección C, de esta Declaración Jurada,
los que deben numerarse correlativamente.
En el recuadro “RUT Represente Legal” registre el RUT del representante del contribuyente.
El retardo u omisión en la presentación de esta Declaración Jurada, será sancionado de
acuerdo a lo prescrito en el artículo 97 N° 15, del Código Tributario.
59. DECLARACIÓN JURADA N° 1927: EMPLEADORES DE TRABAJADORES DE
LAS ARTES Y ESPECTACULOS, ARTICULO 145 A Y SIGUIENTES DEL CODIGO DEL
TRABAJO, PARA FINES PREVISIONALES
VENCIMIENTO: 23 de marzo
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1927
1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por los empleadores que paguen
remuneraciones a los trabajadores de las artes y espectáculos con motivo de la celebración
de contratos laborales regulados por los artículos 145 A y siguientes del Código del Trabajo.
En atención, a que las remuneraciones percibidas por los trabajadores de artes y espectáculos
quedan sujetas a la tributación aplicable a las rentas señaladas en el artículo 42 N°2, de la
Ley sobre Impuestos a la Renta (LIR), y considerando que dichas rentas quedan afectas a
cotizaciones previsionales obligatorias, éstas deben ser rebajadas de la renta imponible de
cotizaciones previsionales que son calculadas sobre las rentas del artículo 42 N°2 de la LIR.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (INSTITUCIÓN, ORGANISMO O
PERSONA QUE EFECTUÓ LA RETENCIÓN)
Se debe identicar la Institución, Organismo o persona que efectuó la retención por concepto
de cotización previsional, indicando el RUT, nombre o razón social, domicilio postal, comuna,
correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe
anotar el número incluyendo su código de discado directo).
3. Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS
Columna “RUT del Receptor de la Renta”: Deberá registrarse el RUT de la persona que
percibió la renta por prestaciones relacionadas con las artes y espectáculos, señaladas en el
Capítulo IV, del Título II, del Libro I, del Código del Trabajo, utilizando una sola línea por cada
una de ellas.
Columna “Honorarios y otros (ART. 42 N°2) Actualizados”: Deberá registrarse la renta
bruta del año anterior al que se informa, pagadas a los informados, por concepto de Honorarios
y otras rentas gravadas por el artículo 42 N°2. Sólo se debe informar los honorarios y otros,
de prestaciones que provengan de actividades de las artes y espectáculos.

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