Decreto n° ex. 130, Publicado en el diario oficial de 25.04.2020. Materia: aprueba reglamento de administración del fondo de garantía para pequeños y medianos empresarios aplicable a las líneas de garantía covid-19 - Núm. 84, Junio 2020 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 850080039

Decreto n° ex. 130, Publicado en el diario oficial de 25.04.2020. Materia: aprueba reglamento de administración del fondo de garantía para pequeños y medianos empresarios aplicable a las líneas de garantía covid-19

AutorGabriel Alvarado V.
Páginas149-160
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LEY SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS
8.- MINISTERIO DE HACIENDA
DECRETO N° EX. 130, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE 25.04.2020
Núm. 130 exento.- Santiago, 24 de abril de 2020.
Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República
de Chile; en la Ley 21.229, que aumenta el capital del Fondo de Garantía
para Pequeños y Medianos Empresarios (FOGAPE) y exibiliza temporalmente
sus requisitos; en el Decreto Ley Nº 3.472, de 1980, del Ministerio de Hacienda,
que crea el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios; en el artículo 87 del
Decreto con Fuerza de Ley Nº 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento
y Reconstrucción, que Fija texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley
General de Cooperativas; en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, de 2000, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija texto refundido, coordinado
y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales
de la Administración del Estado; en el Reglamento de Administración del Fondo de
Garantía para Pequeños Empresarios, de la Comisión para el Mercado Financiero;
y en la Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, con fecha 24 de abril de 2020, se publicó en el Diario Ocial la Ley Nº 21.229,
que aumenta el capital del Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios
(FOGAPE) y exibiliza temporalmente sus requisitos, la que modica el Decreto Ley
Nº 3.472, de 1980, del Ministerio de Hacienda, que crea el Fondo de Garantía para
Pequeños Empresarios.
2. Que, el referido Decreto Ley Nº 3.472, de 1980, del Ministerio de Hacienda, crea el
Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios, destinado a garantizar los
créditos, las operaciones de leasing y otros mecanismos de nanciamiento autorizados
al efecto por la Comisión para el Mercado Financiero, que las instituciones nancieras
públicas y privadas y el Servicio de Cooperación Técnica otorguen a los pequeños y
medianos empresarios en la forma y condiciones allí señaladas y en el reglamento
que dicte la mencionada Comisión.
3. Que, el artículo quinto transitorio del Decreto Ley Nº 3.472, de 1980, del Ministerio
de Hacienda, incorporado por la Ley Nº 21.229, faculta al Ministerio de Hacienda para
emitir uno o más decretos supremos, bajo la fórmula “Por orden del Presidente de
la República”, en los cuales establecerá los requisitos y condiciones mínimas que
deben cumplir las bases de cada licitación.
Asimismo, dichos decretos deben regular el funcionamiento del Fondo de Garantía
para Pequeños y Medianos Empresarios y todos los demás aspectos necesarios para
la mejor aplicación del mencionado decreto ley.
4. Que, mediante el presente decreto se establecen los requisitos y condiciones
mínimas para bases de licitación relativas al otorgamiento de garantías del Fondo
de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios (en adelante también el
NORMATIVA TRIBUTARIA

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