El delito de giro fraudulento de cheques y la reforma procesal penal chilena - Núm. 7, Diciembre 2007 - Revista Corpus Iuris Regionis - Libros y Revistas - VLEX 693903881

El delito de giro fraudulento de cheques y la reforma procesal penal chilena

AutorJuan Carlos Manríquez R.
CargoProfesor de Derecho Penal en la Universidad Nacional Andrés Bello
Páginas97-101
97
EL DELITO DE GIRO FRAUDULENTO DE CHEQUES Y LA REFORMA
PROCESAL PENAL CHILENA
J C M R*
Universidad Nacional Andrés Bello
El delito de giro fraudulento de cheque, previsto en el artículo 22 del DFL Nº 707
de 1982, que f‌ijó el texto refundido de la Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques,
no ha estado ajeno a importantes y novedosos efectos que le ha traído aparejados la Reforma
Procesal Penal, tanto en los aspectos procedimentales como en los sustantivos involucrados
para hacer efectiva la responsabilidad criminal del girador malicioso.
El 31 de mayo de 2002 se publicó la Ley Nº 19.806 que introdujo “Normas
adecuatorias del Sistema Legal chileno a la Reforma Procesal Penal”, para facilitar el tránsito
del sistema escrito e inquisitivo a uno esencialmente oral y acusatorio, hoy vigente en todo
el país desde el 16.6.2005, y particularmente para dar solución a problemas prácticos de
compatibilidad entre uno y otro, provocados en el ejercicio diario de los tribunales1.
En lo procesal, las novedades apuntadas dicen relación con la titularidad de la acción
penal, la procedencia y el monto de la caución para obtener la libertad provisional, cambio
en la naturaleza de la acción penal y el procedimiento al cual queda sujeta la tramitación de
las causales más comunes y dañosas de protesto de un cheque, cuales son, la falta de fondos o
créditos suf‌icientes, el giro contra una cuenta corriente cerrada y cuando después de expedido
el cheque, se hubieren retirado de la cuenta corriente los fondos disponibles para su pago.
Se sustituyó en ese sentido por la ley adecuatoria el artículo 42 del DFL Nº 707, para
disponer que en lo sucesivo los delitos previstos y sancionados en el artículo 22 de la Ley del
ramo, conferirán acción penal privada al tenedor del cheque protestado por dichas causales,
razón por la cual en la persecución no tiene cabida el Ministerio Público.
Todo el peso de la tramitación civil y penal posterior, ante el Tribunal de Garantía,
queda en los hombros e intereses del benef‌iciario capaz de querellarse, el que deberá ajustarse
estrictamente al procedimiento y plazos establecidos en el Título II del Libro IV del Código
Procesal Penal, artículos 400 y siguientes. Vale decir, el procedimiento se iniciará solo por
1 Vid, fvr por todos, O W., Magdalena, El giro doloso de cheques como delito de acción penal privada en
Semana Jurídica, Santiago de Chile (2003), 3, Nº 137.
Corpus Iuris Regionis.
Revista Jurídica Regional y Subregional Andina 7
(Iquique, Chile, 2007) pp. 97-101
* Profesor de Derecho Penal en la Universidad Nacional Andrés Bello, Academia Judicial de Chile y Miembro
del Foro Penal para la Redacción del Anteproyecto del Nuevo Código Penal Chileno. Consejero Secretario Ejecutivo
del Colegio de Abogados de Valparaíso A. G.

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