Delitos contra la propiedad. Autor: Guillermo Oliver Calderón - Núm. 6, Octubre 2013 - Revista de Estudios Ius Novum - Libros y Revistas - VLEX 643668405

Delitos contra la propiedad. Autor: Guillermo Oliver Calderón

AutorAndrea Pinto Bustos
CargoEstudiante de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Páginas205-208
RECENSIONES E INFORMES
OLIVER CALDERÓN, Guillermo, Delitos contra la propiedad (Santiago, Editorial Legal Publishing-
Abeledo Perrot, 2013), 591 pp.
1. Los delitos contemplados en el párrafo IX de nuestro Código Penal, bajo el título “delitos
contra la propiedad”, han constituido un foco de atención para la doctrina nacional, ello no
sólo por el excesivo rigor que ha empleado el legislador para tipificar estas conductas, sino
también por su abundante ocurrencia en la práctica. Precisamente lo anterior ha incidido en las
sucesivas reformas que pretenden, ingenuamente, disminuir la incidencia de la delincuencia
patrimonial, aumentando la severidad del castigo, y obviando las connotaciones político-
criminales y criminológicas asociadas a esta materia.
Es en este contexto en el que surge el libro de Guillermo Oliver Calderón, Doctor en
derecho por la Universidad de Barcelona, y profesor de la Pontificia Universidad Católica de
Valparaíso. Evidentemente esta obra establece un hito en su carrera pues, a lo largo de sus diez
capítulos, ofrece al lector un análisis dogmático y sistemático de cada uno de los delitos contra
la propiedad por medios materiales. Por lo demás, esto no sólo constituye un acierto en la
trayectoria del autor, sino también un gran aporte para la doctrina nacional y los operadores
jurídicos, como veremos a continuación.
2. La obra comienza con el capítulo denominado “sistema normativo de los delitos
patrimoniales, en el cual OLIVER ofrece el marco teórico general de su exposición. En primer
término fundamenta la admisibilidad de la intervención punitiva en este ámbito y los principios
que limitan su ejercicio. A este respecto destacamos el juicio crítico, a la luz del principio de
proporcionalidad, del principal criterio de determinación de la pena utilizado en los delitos
contra la propiedad, esto es, el valor al que asciende el objeto material, pues implica una
sobrestimación del desvalor de resultado en desmedro de la posición de la víctima respecto del
bien. Luego presenta la evolución histórica del sistema, siendo especialmente enriquecedora la
exposición y sistematización de las modificaciones que ha experimentado la legislación penal
en esta materia, las que se reiterarán en el estudio particular de cada uno de los delitos
analizados. El punto central y de mayor riqueza dogmática de este capítulo lo constituye la
fundamentación del bien jurídico protegido por los delitos contra la propiedad. El capítulo
finaliza con una crítica al sistema, distinguiendo los aspectos relacionados a la técnica legislativa
empleada y aquellos vinculados al ámbito de la política criminal. En relación a los del primer
orden hace hincapié en el excesivo casuismo y en el abuso de los elementos descriptivos en la
construcción normativa, recalcando, a su vez, las bondades de la posible inclusión de una
mayor cantidad de elementos normativos en nuestra legislación. Desde el punto de vista
político criminal la crítica se centra en el principio de proporcionalidad, por los excesos y
defectos de la intervención punitiva.
En el capítulo segundo tiene por objeto el análisis de la estructura típica común de los
delitos de hurto y robo, tema que es esencial porque servirá de base para el tratamiento
particular de los delitos que se efectúa en los siguientes capítulos. Nos parece destacable la
crítica que efectúa OLIVER a la exigencia de ánimo de lucro, en tanto sólo puede entenderse
que ha concurrido cuando el sujeto activo persigue el ánimo de lucro propio pues el legislador
utiliza la voz lucrarse (pp. 91 ss.); es aquí donde aparece como una de las virtudes de la obra de
OLIVER, su capacidad para formular reproches desde el punto de vista político criminal, pero
siempre considerando el irrestricto respeto al principio de legalidad.

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