Demanda Bolivia y Allende - Núm. 1-2015, Enero 2015 - Revista Nuevo Derecho - Libros y Revistas - VLEX 645627313

Demanda Bolivia y Allende

AutorMiguel Silva Bustos
CargoEgresado de Derecho de la Universidad Central de Chile
Páginas1-4

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La demanda boliviana en contra Chile finalmente ya es un hecho y al parecer lo que más llama la atención es la absoluta e incomprensible subestimación de lo que puede significar. Incluso, la mayoría de los ciudadanos piensa que Bolivia repetiría la derrota sufrida en Ginebra en 1921, aunque tan equivocados no estaría, pero esta vez costaría más demostrar un triunfo para Chile.

En efecto, algunos han sostenido que no existen argumentos en derecho internacional para obligar a otro a negociar, impetrando dudas sobre la pertinencia de una demanda de esta naturaleza, señalando insuficientes, incompletos y totalmente fuera de contexto la petición de Bolivia, la cual dependerá, por ahora, de la aceptación de Competencia de la CIJ (Corte Internacional de Justicia).

Recordemos que el Canciller Alfredo Moreno aseguró que “la posición boliviana es extremadamente débil”. Agregando que “Esta pretensión de que Chile va a ser obligado a entregar una parte del territorio para entregárselo y regalárselo al país de al lado, no ha ocurrido en ninguna parte del mundo”

Además, esta ha sido calificada como una construcción jurídica denominan “derechos ‘expectaticios”, derivada de las distintas ocasiones en donde Chile habría propuesto una salida al mar.

Demanda boliviana

La demanda se basa en obligaciones que Chile habría contraído por medio de acuerdos, diplomacia y declaraciones de representantes de nuestro país, tales como; presidentes, ex ministros, entre otros, para así negociar un acceso soberano al mar para Bolivia. Lo cual Chile habría desestimado en todas las ocasiones y que jamás se habría comprometido a negociar de buena fe.

El escrito de admisión de la demanda presentado por Bolivia ante la CIJ señala que Chile habría materializado -lo anteriormente dicho- en distintas declaraciones a través de negociaciones bilaterales en 1950, ratificadas en un memorándum del embajador chileno en La Paz en 1961; el Abrazo de Charaña en 1975; la declaración 426 de la OEA aprobada con el voto de Chile y la Agenda de los 13 puntos elaborada durante el primer gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, entre otras más que se encontraran en el escrito de demanda si es que la Corte establece su competencia en el asunto.

Por lo tanto, la demanda no es nada del otro mundo, sino que es bastante imaginativa y artificiosa. Antes de la presentación de la misma, todos los argumentos apuntaban en base al tratado de...

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