El derecho a contraer matrimonio de los extranjeros (Sentencia Corte Suprema, 18 de abril de 2018, rol Nº 6111-2018) - Núm. 1-2019, Julio 2019 - Revista de Estudios Constitucionales - Libros y Revistas - VLEX 811446077

El derecho a contraer matrimonio de los extranjeros (Sentencia Corte Suprema, 18 de abril de 2018, rol Nº 6111-2018)

AutorRodolfo Montecinos Ohlagaray
CargoAbogado (Chile). Licenciado en Derecho de la Universidad Mayor (Chile). Pasante de la Organización Humanitaria No Gubernamental ADRA Slovensko (Eslovaquia). Expostulante de la Oficina Especializada en Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial (Chile).
Páginas443-457
443
EL DERECHO A CONTRAER MATRIMONIO
DE LOS EXTRANJEROS*
(SENTENCIA CORTE SUPREMA, 18 DE
ABRIL DE 2018, ROL Nº 6111-2018)
thE right to ContraCt marriagE For ForEignErs
(suprEmE Court, april 18th, 2018, rol nº 6111-2018)
95rodolFo montECinos ohlagaray**
Universidad Mayor
rodolfojmontecinos@gmail.com
Resumen: El presente comentario de jurisprudencia analiza una sentencia de la Corte Suprema
chilena que derogó tácitamente el artículo 76 del Decreto Ley Nº 1.094, de 1975, dado que, en su
consideración, el contenido de la norma transgrede normas contenidas en la Constitución Política de la
República, que tratan ciertos derechos que emanan de la naturaleza humana. Para la corte, el precepto
impugnado perdió su vigencia; así, en virtud de sus potestades jurisdiccionales, estimó no aplicarlo
para el caso particular.
Este fallo destaca una discusión relevante, ya que reconoce la atribución y ejercicio de derechos
humanos de parte de nacionales y extranjeros, y en el caso de estos últimos debe distinguirse la posible
situación migratoria que mantengan en el Estado chileno. El presente trabajo busca dilucidar la calidad
jurídica de la persona extranjera que pretende el reconocimiento, en el ejercicio de ciertos derechos que
le han sido concedidos por su naturaleza humana, por parte del Estado.
AbstRAct: This work analyses a sentence of the Supreme Court of Chile that tacitly abolished
the art. 74 of the D.L. Nº 1.094, 1975 provided that in his opinion, the content of the rule was not
compatible to the Constitution, that treat some rights that have been conceived for his human nature.
According to the Court, the pre-constitutional precept lost validity and, in consequence, in use of his
jurisdictional authority, estimated not to apply in this particular case.
This case is important for a relevant discussion, because recognize the attribution and exercise
of their human rights for nationals and foreign, in particular for this last according to its migratory
situation that keep in the chilean State. This work is trying for establish the juridical status of the
foreign person who pretends the gratitude, in the exercise of his rights which has been given by his
human nature, in presence of the State.
* Trabajo recibido el 31 de octubre de 2018 y aprobado el 28 de noviembre de 2018.
** Abogado (Chile). Licenciado en Derecho de la Universidad Mayor (Chile). Pasante de la Organización
Humanitaria No Gubernamental ADRA Slovensko (Eslovaquia). Expostulante de la Oficina Especializada
en Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial (Chile).
Estudios Constitucionales, Año 17, Nº 1, 2019, pp. 443-458
ISSN 07180195
Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca
“El derecho a contraer matrimonio de los extranjeros.
(Sentencia Corte Suprema, 18 de abril de 2018, rol Nº 6111-2018)”
Rodolfo Montecinos Ohlagaray
Estudios Constitucionales, Año 17, Nº 1
2019, pp. 443-458

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