Derecho Corporativo y de Libre Competencia - Núm. 17, Diciembre 2011 - Revista Chilena de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 651391429

Derecho Corporativo y de Libre Competencia

AutorJosé Antonio Gaspar - Fernando Araya Jasma
CargoProfesor de Derecho Comercial y Derecho Civil Universidad Diego Portales - Profesor de Derecho Comercial Universidad Diego Portales
Páginas277-305
Comentarios de jurisprudencia
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DE R E C H O CO R P O R A T I V O Y D E LA LI B R E CO M P E T E N C I ADiciembre 2011
DE R E C H O CO R P O R A T I V O
US O D E I N F O R M A C I Ó N P R I V I L E G IA D A .
SU P E R I N T E N DE N C I A D E VA L O R E S Y
SE G U R O S , 14 D E A B R I L D E 2011, R E S O -
L U C I Ó N E X E N T A Nº229
El buen funcionamiento del mercado
f‌inanciero necesita una legislación que
garantice el adecuado funcionamiento
del mercado de valores. Uno de los
aspectos principales de esta normativa
es superar las asimetrías de informa-
ción que pueden darse entre los parti-
cipes del mercado de valores, sancio-
nando ciertas conductas vinculadas
a lo que se denomina “información
privilegiada”. En tal contexto, estima-
mos relevante exponer una reciente
resolución de la Superintendencia de
Valores y Seguros que aclara y reitera
varios aspectos de la regulación de la
información privilegiada.
1. De acuerdo con lo establecido
por la Superintendencia de Valores y
Seguros en la resolución exenta Nº
229, durante el segundo semestre del
año 2006, se realizaron las pri me ras
tratativas relacionadas con una posi-
ble fusión entre las empresas SQMC
y Anagra S.A. En estas tratativas
par ticiparon representantes de estas
sociedades, y de Iansa S.A. y Mitsui
Agro Business S.A., interviniendo
éstas últimas sociedades por el inte-
rés de Mitsui Agro Business S.A. de
adquirir la participación accionaria
que Iansa S.A. tenía en Anagra S.A.
una vez concretada la fusión.
En noviembre del año 2006,
SQMC y Anagra S.A. intercambia-
ron un Conf‌idenciality Letter, y con-
trataron bancos de inversión para
evaluar la eventual fusión. Con ellas,
se reiniciaron las conversaciones en
diciembre del año 2007, al punto
que en la sesión de directorio de
SQMC de 25 de febrero de 2008,
se autorizó a la gerencia de SQMC
para la realización de negociaciones
con Anagra S.A. destinadas a elabo-
rar un MOU en que constaran las
bases sobre las cuales proponer a las
juntas extraordinarias de accionistas
de ambas sociedades la realización
una fusión por incorporación, en
virtud de la cual SQMC absorbería a
Anagra S.A. Todo esto fue informado
a la Superintendencia de Valores y
Seguros el 27 de febrero de 2008
co mo hecho reservado.
DE R E C H O CO R P O R A T I V O Y D E LI B R E CO M P E T E N C I A
José Antonio Gaspar
Profesor de Derecho Comercial y Derecho Civil
Universidad Diego Portales
Fernando Araya Jasma
Profesor de Derecho Comercial Universidad Diego Portales
Revista Chilena de Derecho Privado, Nº 17, pp. 277-305 [diciembre 2011]
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José Antonio Gaspar y Fernando Araya Jasma
Comentarios de jurisprudencia
RChDP Nº 17
Por su parte, en la sesión de di-
rectorio de Iansa S.A. de 27 de febrero
de 2008, su gerente general, Sr. Felipe
Lyon Ramírez, informó la iniciación
de negociaciones entre Anagra S.A.
y SQMC y los términos de esta ope-
ración.
Mediante hecho esencial de 7
de enero de 2009, SQMC informó
que su directorio había acordado por
unanimidad aprobar la suscripción
del MOU con Anagra S.A. en los
términos antes expuestos, acordan-
do, además, levantar la reserva del
hecho informado a la Superintenden-
cia de Valores y Seguros. Finalmente,
la fusión no se materializó.
2. Conforme Iansa S.A. informó
a la Superintendencia de Valores
y Seguros en su respuesta al of‌icio
reservado Nº 23 de 13 de enero de
2009, durante el período de negocia-
ciones participó en representación
de Iansa S.A. su gerente general, Sr.
Felipe Lyon Ramírez, quien, ade-
más, participaba en el directorio de
Anagra S.A. desde el mes de enero
de 2006 hasta marzo de 2008. El Sr.
Lyon se desempeñó como gerente
general de Iansa S.A. desde el 1 de
enero de 2006 hasta el 30 de abril de
2008, fecha en que dejó de prestar
funciones para dicha sociedad.
El 11 de junio de 2008, el Sr.
Lyon adquirió 16.037 acciones de
SOQUICOM, sociedad relacionada
a SQMC, a un precio de $305 por
acción, con una inversión total de
$4.891.285.
Por of‌icio reservado Nº 335 de
13 de octubre de 2010, la Superinten-
dencia de Valores y Seguros formuló
cargos en contra del Sr. Lyon por la
comisión de la conducta descrita en
de Mercado de Valores, estimando
que la adquisición de acciones de
SOQUICOM fue realizada usando
información privilegiada conforme
al tipo descrito en esta norma.
3. Entre los descargos contenidos
en la respuesta del Sr. Lyon a los car gos
formulados por la Superin tendencia
de Valores y Seguros, consideramos
relevantes destacar:
Que, si bien había participa-
do en algunas reuniones de
la operación en su condición
de gerente general de Iansa
S.A., tras su desvinculación
de esta empre sa a parti r
del 30 de abril de 2008, no
tuvo contacto con ninguna
persona vinculada a estas em-
presas para hablar de temas
relacionados con el acuerdo
de fusión entre SQM C y
Anagra. El Sr. Lyon agregó
que su participación previa
se limitó a un par de reunio-
nes informales con gente de
Soquimich, dado que la real
participación en las negocia-
ciones de una posible fusión
las llevo adelante el presiden-
te de Anagra S.A.
Sobre este punto, la Su-
perintendencia de Valores y
Seguros dictaminó que esta
circunstancia no lo eximía
de responsabilidad, toda vez
que el artículo 167 de la ley
18.045 de Mercado de
Valores mantiene los deberes

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