Derecho a la educación y libertad de enseñanza: ¿Se contraponen? - Núm. 60, Octubre 2020 - Serie Informe Legislativo - Libros y Revistas - VLEX 856658396

Derecho a la educación y libertad de enseñanza: ¿Se contraponen?

Páginas12-15
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serie informe LEGISLATIVO 60
La libertad de enseñanza y el derecho a la
educación tienen una conexión estrecha
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ciéndose incluso que se trata de dos caras
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un medio para la educación, pero también
es causa de educación, pues el aprendiza-
je que se deriva de la enseñanza es el ele-
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derechos están vinculados íntimamente,
representan un mismo valor y por lo tanto,
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obstante, a pesar de estar vinculadas son
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intereses y derechos diversos: de los pa-
dres, de los alumnos, de los profesores, de
los dueños de centros educativos, de los
poderes públicos; los que se encuentran
mutuamente limitados por los derechos de
-
co, a este respecto, sirve como sistema de
límites que permite armonizar los diferentes
intereses por razones de bien común. De
este modo, la coordinación que debe existir
entre el derecho a la educación y la libertad
de enseñanza impide que su alcance sea
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El derecho a ser educado debe conjugar-
se con el derecho preferente de los padres
de educar a sus hijos, lo cual va de la mano
de su derecho a escoger el establecimiento
educacional para ellos, lo que a su vez se
relaciona con el derecho de todas las per-
sonas a abrir, organizar y mantener estable-
cimientos educacionales. En su interacción
no existe uno que prime sobre el otro, pues
para satisfacerlos requieren de los demás.
El titular del derecho a la educación es la
persona humana y su objetivo es obtener
las herramientas necesarias para que ésta
pueda alcanzar su más pleno desarrollo en
las distintas etapas de su vida; este derecho
emana de la propia naturaleza de la per-
sona. Los titulares del derecho a educar a
sus hijos, por otro lado, son los padres en
cuanto padres, y emana precisamente de
ese vínculo de paternidad. La libertad de
enseñanza, como vimos en el acápite an-
terior, es un derecho de los padres, de las
instituciones de enseñanza y de los profe-
sores; los primeros tienen el derecho a dar
educación a sus hijos y exigir que nadie se
inmiscuya en ello, orientándolos de acuer-
do a sus convicciones. Las instituciones de
enseñanza y los profesores no tienen un de-
recho propiamente tal, sino una libertad de
acción para enseñar lo que quieren y cómo
quieren -respetando los límites relaciona-
dos a la moralidad, buenas costumbres y
seguridad nacional-, sin poder imponer a
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En la enseñanza particular prima el dere-
cho de quien imparte la educación, sólo
pudiendo el Estado imponer requisitos mí-
nimos. Los padres, con su derecho prefe-
rente a educar a sus hijos, pueden buscar
o crear instituciones que sean armónicas
III. DERECHO A LA EDUCACIÓN Y LIBERTAD
DE ENSEÑANZA: ¿SE CONTRAPONEN?

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