Un derecho jurisprudencial. La propiedad colectiva y la corte interamericana - Núm. 24-1, Enero 2017 - Revista de Derecho Universidad Católica del Norte - Libros y Revistas - VLEX 704692721

Un derecho jurisprudencial. La propiedad colectiva y la corte interamericana

AutorLópez Escarcena, Sebastián
Páginas133-189
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R  D U C  N - A 24 Nº 1 (2017)
Revista de Derecho
Universidad Católica del Norte
Sección: Estudios
Año 24 - Nº 1, 2017
pp. 133-189
UN DERECHO JURISPRUDENCIAL.
LA PROPIEDAD COLECTIVA Y LA CORTE INTERAMERICANA*
SEBASTIÁN LÓPEZ ESCARCENA**
RESUMEN: Son trece las sentencias condenatorias dictadas a la fecha
por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por incumplimiento
de los derechos comunales que el artículo 21 del Pacto de San José de
Costa Rica le reconoce a los pueblos indígenas y tribales. Han pasado
catorce años desde que se fallara la primera de estas decisiones judiciales.
Es de presumir que a Nicaragua, Guatemala, Surinam, Paraguay, Ecuador,
Colombia, Panamá y Honduras se les van a unir otros estados, también
los derechos colectivos que protege esta disposición convencional, uno de
los cuales es el de propiedad indígena y tribal. Estos derechos han sido
elaborados a partir de una interpretación evolutiva y pro homine, donde
el diálogo judicial y la coordinación con el derecho internacional extra
interamericano y el derecho comparado juegan un papel central. El de-
bido respeto de estos derechos requiere conocer bien la jurisprudencia
judicial de donde emanan. Este trabajo ofrece una sistematización de las
obligaciones internacionales que establece el artículo 21 del mencionado
tratado, y de los principios jurídicos que las fundamentan, con el  n de
favorecer el cumplimiento de una disposición bastante más compleja de
lo que su simple lectura permite anticipar.
PALABRAS CLAVE: Derechos humanos – propiedad – pueblos indíge-
nas y tribales – Corte Interamericana
* Fecha de recepción: 15 de marzo de 2016.
Fecha de aceptación: 19 de mayo de 2016.
Este trabajo es parte del proyecto Fondecyt Regular N° 11113065, adjudicado el 2012 y
titulado “La constitucionalización de la propiedad indígena y su coordinación con otras for-
mas de propiedad”.
** Profesor asociado de la Facultad de Derecho de la Ponti cia Universidad Católica de Chile,
e investigador asociado (associate fellow/membre associé) del Centro para el Estudio de la
Gobernanza Global de la Universidad Católica de Lovaina, Bélgica, y del Instituto de
Investigación en Derecho Internacional y Europeo de la Universidad París 1 “Panthéon-
Sorbonne”, Francia. PhD (Edimburgo), LLM (Leiden), Abogado y Licenciado en Derecho
(Católica de Chile). Correo electrónico: rlopeze@uc.cl
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Sebastián López Escarcena
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A JURISPRUDENTIAL RIGHT.
COLLECTIVE PROPERTY AND THE INTER-AMERICAN COURT
ABSTRACT:  irteen guilty verdicts have been issued to this date
by the Inter-American Court of Human Rights for infringements of the
communal rights that Article 21 of the Pact of San José de Costa Rica re-
cognises to indigenous and tribal people. Fourteen years have passed since
the  rst of these judicial decisions was issued. It is presumable that other
states party to the American Convention on Human Rights will join Ni-
caragua, Guatemala, Surinam, Paraguay, Ecuador, Colombia, Panamá and
Honduras for violating the collective rights that this conventional provi-
sion protects, one of which is indigenous and tribal property.  ese rights
derive from an evolutive and pro homine interpretation, where judicial
dialogue and the coordination with extra Inter-American international
law and comparative law play a leading role. Due respect for these rights
require that the case-law from where they arise is well-known.  is work
o ers a systematisation of the international obligations that Article 21 of
the mentioned treaty establishes, and of the legal principles that consti-
tute their basis, to aid in the ful lment of a provision, which is far more
complex than what a simple reading of it allows to anticipate.
KEY WORDS: Human rights – property – indigenous and tribal
people – Inter-American Court.
Sumario: Introducción; 1) La propiedad colectiva en la Convención
Americana; 2) Pueblos indígenas y también tribales; 3) Sentencias que con-
rman una tendencia; 4) Salvaguardando la subsistencia de un pueblo; 5)
El derecho de consulta y el artículo 21; 6) Awas Tingni, Moiwanay y Cía.;
Conclusión; Bibliografía citada; Instrumentos citados; Jurisprudencia citada.
INTRODUCCIÓN
En Pueblos Kaliña y Lokono (2015), la Corte Interamericana de Dere-
chos Humanos condenó a Surinam por violar el derecho de propiedad co-
lectiva indígena y tribal protegido por el artículo 21 del Pacto de San José
de Costa Rica1. Esta es la última sentencia de una ya copiosa jurispruden-
1 Ver en general C I  D H. 25 de noviembre de
2015. Serie C No. 309 (sentencia). “Pueblos Kaliña y Lokono c. Surinam”.
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cia que comenzó con Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni (2001),
casi trece años después que este tribunal internacional dictara su primera
sentencia de fondo en un caso contencioso2. Para sorpresa de la comuni-
dad indígena Mayagna o Sumo que presentó en 1995 la denuncia contra
Nicaragua ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Awas
Tingni se transformó en un precedente de enorme importancia para otros
pueblos indígenas y tribales no solo de América Latina, sino del mundo
entero3. A partir de esta decisión judicial, la Corte ha ido desarrollando
distintos criterios interpretativos que extienden la protección convencio-
nal a un tipo de propiedad no prevista originalmente en el Pacto de San
José de Costa Rica4. Vale decir, ante el silencio de dicho tratado, el tribu-
nal ha establecido y articulado ciertos derechos para los pueblos indígenas
Las sentencias de la Corte Interamericana están disponibles en
http://www.corteidh.or.cr/index.php/es/casos-contenciosos [visitado el 15/3/2015].
2 Ver en general C I  D H. 29 de julio de 1988.
Serie C No. 4 (sentencia). “Manfredo Velásquez Rodríguez c. Honduras”; y C I-
  D H. 31 de agosto de 2001. Serie C No. 79 (sentencia).
“Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni c. Nicaragua”.
3 Ver A, James, y G, Claudio (2002) “ e Case of Awas Tingni v. Nicaragua: A
Step in the International Law of Indigenous Peoples”. Arizona Journal of International and
Comparative Law, Vol. 19, pp. 1-15, en p. 1.
Ver también O, Anne (2003) “Will Foreign Investors Regulate Indigenous Peoples’
Right to Self-Determination”. Wisconsin International Law Journal, Vol. 21 Nº 1, pp. 223-
50, en pp. 223, 230 y 232; R-P, Luis (2006) “El sistema interamericano de
derechos humanos y los pueblos indígenas”. En B, Mikel (ed.): Pueblos indígenas
y derechos humanos. Bilbao: Publicaciones de la Universidad de Deusto, pp. 153-203, en
pp. 153, 164, 185, 201; W, Philippe, y R, Karine (2008) “Relativisme culturel
ou universalité des droits de l’homme? La réponse donnée par la Cour Interaméricaine des
Droits de l’Homme par la prise en compte des coutumes indiennes”. En S F
  D  (ed.): Droit international et diversité des cultures juridiques
/ International Law and Diversity of Legal Cultures. París: Editions A. Pedone, pp. 421-31,
en pp. 428-9; R, Karine (2009) “Le droit des populations autochtones et tribales à
la propriété dans le système interaméricain de protection des droits de l’homme”. En H-
, Ludovic, y T, Hélène (eds.): Le particularisme interaméricain des droits
de l´homme: en l´honneur du 40e anniversaire de la Convention Américaine des Droits de
l´Homme. París: Editions A. Pedone, 2009, pp. 215-50, en pp. 221, 233; X, Alex-
andra (2009). “Indigenous Rights in International Law over the Last 10 Years and Future
Developments”. Melbourne Journal of International Law, Vol. 10 N° 1, pp. 27-37, en pp.
32-3;  T, Mauricio (2010). “El derecho de propiedad colectiva de los miembros
de comunidades y pueblos indígenas en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos”. Anuario Mexicano de Derecho Internacional, Vol. 10, pp. 49-95, en p.
59; R-P, Luis (2013): “La sentencia de la Corte Interamericana”. En G-
 I, Felipe (ed.): El caso Awas Tingni. Derechos humanos entre lo local y lo global. Bilbao:
Publicaciones de la Universidad de Deusto, pp. 123-38, en pp. 123-5; y R-P-
, Luis (2013): “El impacto internacional de la sentencia”. En G I, Felipe (ed.):
El caso Awas Tingni. Derechos humanos entre lo local y lo global. Bilbao: Publicaciones de la
Universidad de Deusto, pp. 163-203, en pp. 163-9 y 201-3.
4 Ver C I  D H. 14 de octubre de 2014. Serie C No.
284 (voto parcialmente disidente del juez Ferrer Mac-Gregor). “Pueblos Indígenas Kuna de
Madungandí y Emberá de Bayano y sus Miembros c. Panamá”, párrafos 11-2.

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