Derecho laboral, economía y pseudociencia - Núm. 3-1, Enero 2017 - Derecho y Crítica Social. Revista Académica Internacional y Multidisciplinaria - Libros y Revistas - VLEX 791472769

Derecho laboral, economía y pseudociencia

AutorSergio Gamonal
CargoProfesor de Derecho del Trabajo, Universidad Adolfo Ibáñez
Páginas1-44
DERECHO LABORAL, ECONOMÍA Y
PSEUDOCIENCIA
Sergio Gamonal C.
Profesor de Derecho del Trabajo, Universidad Adolfo Ibáñez
Resumen: Desde la década de los ochenta el derecho laboral ha sido
criticado por sus negativos efectos económic os, como limitar el
crecimiento, favorecer la cesantía, desincentivar las inversiones, etc.
La solución propuesta por muchos economistas ha sido la flexibilidad
y la desregulación de los mercad os laborales. Estas críticas, basadas en
el pensamiento económico neoliberal, constituyen una narrativa
hegemónica que denunciaremos en este artículo como una impostura
intelectual. En efecto, muchos e conomistas presentan su disciplina
como una ciencia exacta, con capacidad predictiva como si se tratar a
de biología, física o bioquímica, cuando en realidad es una ciencia
social más, como la sociología o la ciencia política. Por su parte, los
estudiosos del derecho laboral defienden la necesidad de esta rama del
derecho desde u na perspectiva valórica y de pr incipios, otras vec es
entran al debate económico representando la importancia de este
derecho par a el desarrollo económico y, en no pocas ocasio nes, han
decidido rendirse y orientar el derecho del trabajo hacia fines tan
vagos como la empleabilidad. Concordando con las dos primera
reacciones, que vemos como complementarias, concluiremos este
trabajo con la idea de que la economía es nece saria para el derecho del
trabajo pero puesta en contexto, c omo una ciencia social más, que
depende de la ideología de sus cultores y que es enteramente opinable.
Palabras claves: Derecho, economía, narrativa, ideología.
Cítese como: Gamonal, S. (2017) “Derecho laboral, economía y pseudociencia”, en
Derecho y Crítica Social 3(1) 1-44. ISSN 0719-5680. Recibido el 28 de junio de 2017,
aprobado para su publicación el 21 de agosto de 2017. Contacto del autor
correspondiente: sergio.gamonal@uai.cl.
Agradezco los comentarios de Gonzalo Durán al borrador de este trabajo. Cualquier
error es responsabilidad exclusiva del autor.
LABOUR LAW, ECONOMICS AND PSEUDOCIENCE
Sergio Gamonal C.
Profesor de Derecho del Trabajo, Universidad Adolfo Ibáñez
Abstract: Since the 1980s labor law has been criticized for its
negative economic effects, such as limiting growth, promoting
unemployment, discouraging investment, and so on. The solution
proposed by many economists has been the flexibility and
deregulation of labor markets. These criticisms, based on neoliberal
economic thinking, constitute a hegemonic narrative that we will
accuse in this article as an intellectual imposture. Indeed, many
economists present their discipline as an exact science, with predictive
capacity as if it were biology, physics or biochemistry, when in fact it
is a more social science, such as sociology or political science. For
their part, scholars of labour law defend the need for this branch of
law from a value perspective and principles, other times enter the
economic debate representing the importance of this right for
economic development and, on many occasions, have d ecided
surrender and orient the labor law towards purposes as vague as
employability. In agreement with the first two reactions, which we see
as complementary, we conclude this work with the id ea that
economics is necessary for labor law but put into context, as a social
science more, that depends on the ideology of its cultists and that is
entirely disputable.
Keywords: Law, economy, narrative, ideology.
Cite as follows: Gamonal, S. (2017) “Derecho laboral, economía y pseudociencia”, en
Derecho y Crítica Social 3(1) 1-44. ISSN 0719-5680. Received on Juny 28, 2017 and approved
for its publication on August 21, 2017. Corresponding author contact:
sergio.gamonal@uai.cl.
I am grateful for the comments of Gonzalo Durán to the draft of this paper. Any error
is the sole responsibility of the author.
2017] SERGIO GAMONAL 3
Derecho y Crítica Social 3(1) 1-44
“Es increíble en esta
época oscura, que el ciego
total es considerado el
sabio”.
SIRI GURU GRANT
SAHIB (229)
I. INTRODUCCIÓN
El derecho del trabajo es un derecho en constante crisis. Desde la primera
ley laboral, la Ley Peel, de 18021, sobre límites al trabajo infantil, hubo
enemigos de este derecho sobre todo por su carácter protector del
contratante débil, lo cual constituía una óptica absolutamente revolucionaria
en relación al paradigma imperante en esa época y aún vigente de un
derecho racional, universal, abstracto y objetivo2. Por el contrario, y aunque
el derecho laboral obviamente es racional, su práctica argumentativa está
destinada a la tutela de sujetos concretos en situación de dependencia
personal. En palabras de quien es considerado el primer laboralista, Hugo
Sinzheimer:
“El Derecho del Trabaj o debe también contemplar aquellas relac iones que se siguen de que
el trabajador sea un miembro de una determinada clase, que tiene necesidades concretas,
cuya satisfacción elemental es objeto de un Derecho Social, que no sólo nace de la noción
abstracta de “Persona”, sino de la aparición concreta del homb re necesitado”3.
La Ley Peel tuvo numerosas críticas, a saber, que se vería afectada la
autoridad de los padres dado que ellos autorizaban a sus hijos a trabajar; que
limitar la jornada de los niños dañaría la vida familiar al contar con menos
recursos económicos, y que al disponer de mayor tiempo libre los niños
terminarían en la pereza y la dipsomanía4. Resulta bastante clara la debilidad
1 Gamonal & Rosado (2014) 9-11.
2 Olsen (2001) 307.
3 Sinzheimer (1984) 72.
4 Ramm (1994) 104 y 105.

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