Derecho tributario - Núm. 3, Enero 2021 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 856758935

Derecho tributario

AutorCarolina Gazitúa
Páginas56-57
Industria Legal
cgazitua@abcia.cl
Carolina Gazitúa
Avenida Isidora Goyenechea 3250, piso 12, Las Condes, Santiago
www.abcia.cl
La pandemia del Covid-19 ha sido triste reflejo
de las limitaciones e incapacidades del Estado
para responder a las necesidades de la
población más vulnerable, cuyos vacíos son
cubiertos -total o parcialmente- por el accionar
de los particulares y la sociedad civil. Dentro
de este contexto, en las últimas semanas se ha
reactivado el debate en torno a la necesidad de
actualizar y simplificar nuestra normativa
tributaria en materia de donaciones, a efectos
de fomentar la filantropía y la ayuda particular.
Un elemento común del debate ha sido la
conclusión de que “en Chile castiga la
generosidad”, según consta en algunas
columnas de opinión publicadas en medios de
circulación nacional. Al respecto, más bien
diría que “en Chile la generosidad o filantropía
se castiga sistemáticamente”, a través de un
ordenamiento jurídico que fija impuestos
gravosos a las donaciones, complejiza su
entendimiento mediante leyes e
interpretaciones dispersas, otorga beneficios
tributarios nimios para los donantes y
establece un sinfín de trámites engorrosos e
ininteligibles -por ejemplo, la insinuación-. Así,
la filantropía se torna una proeza más que un
acto de fácil y simple ejecución, que permita
rápidamente atender a las necesidades de la
población. En este sentido, el gran problema
radica en la matriz ideológica y cultural que
funda a nuestro régimen de donaciones: “La
desconfianza del Estado respecto a la
generosidad de los particulares”.
Como consecuencia de este paradigma
basado en la desconfianza, dar bienes a título
gratuito a un tercero resulta considerablemente
más costoso que la cuantía de lo donado - por
motivo de impuestos altamente onerosos,
honorarios de abogados y costos adicionales-.
En efecto, nuestro ordenamiento prioriza la
recaudación estatal (por medio de asegurarse
el pago de impuestos como si se tratare de un
acto oneroso), obstaculizando el proceso y
descartando a la filantropía como una
herramienta de apoyo rápido y efectivo ante
necesidades urgentes de grupos vulnerables.
En este sentido, la consecución de un nuevo
régimen moderno de donaciones que sea
efectivo para la crisis actual y en el futuro, exige
necesariamente que se elimine la matriz
ideológica y cultural de la normativa actual. De lo
contrario, la adopción de medidas como la mera
unificación de las normas existentes o
modificación de topes deducibles serán
disposiciones inocuas, siguiendo la suerte de las
reformas anteriores.
Por lo tanto, es de suma urgencia discutir
desde cero un nuevo ordenamiento jurídico de
donaciones, cuya matriz o paradigma sea la
cooperación público-privada, regulada (en
especial respecto de los donatarios y sus fines),
transparente y basado en normas tributarias que
vayan en línea con el otorgamiento de mayores
libertades y facilidades para que la filantropía se
constituya en una alternativa real, efectiva y
rápida para salir en auxilio de quienes más lo
necesitan.
DERECHO
TRIBUTARIO
Nueva Ley de donaciones y
filantropía: hacia un nuevo paradigma

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