Los derechos y deberes del ciudadano fiscalizado - Núm. 30, Diciembre 2015 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 704357441

Los derechos y deberes del ciudadano fiscalizado

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SISTEMATIZA Y ACTUALIZA REGULACIÓN DE PROCEDIMIENTOS
DE FISCALIZACIÓN Y SUS EFECTOS JURÍDICOS
c) Usar en benecio propio o de terceros información reservada o privilegiada a que
se tuviera acceso en razón de la función pública que desempeña (Art. 64 Nº 1 Ley
Nº 18.575).
El incumplimiento a esta prohibición, acarreará las responsabilidades que establecen
la Constitución y las leyes, especialmente según lo dispuesto en el párrafo 4º de la
Ley Nº 18.575;
d) Revelar secretos industriales o comerciales de que hubieren tomado conocimiento
por su cargo (Art. 40 D.F.L. Nº 2, de 1967).
En caso de incumplimiento a esta prohibición el funcionario scalizador será sancio-
nado con pena de suspensión o destitución y, además, con las penas establecidas
en el Art. 246 del Código Penal;
e) Contravenir los deberes de eciencia, ecacia y calidad que rigen el desempeño
de los cargos públicos, con grave entorpecimiento del servicio o del ejercicio de los
derechos ciudadanos ante la administración (Art. 64 Nº8 Ley Nº 18.575).
En caso que el funcionario incumpliere esta prohibición, el ciudadano scalizado
podrá recurrir ante el mismo scalizador o su superior jerárquico (Art. 9º Ley
Nº 18.575);
f) Someter a tramitación innecesaria o dilación los asuntos entregados a su conoci-
miento o resolución, o exigir para estos efectos documentos o requisitos no estable-
cidos en las disposiciones vigentes (Art. 78 letra e) Ley Nº 18.834).
En caso que el funcionario incumpliere esta prohibición, el ciudadano scalizado podrá
recurrir ante el mismo scalizador o ante su superior jerárquico (Art. 9º Ley Nº 18.575);
g) Desempeñarse en forma particular en funciones relacionadas con su cargo y que
comprometan el el y oportuno cumplimiento de sus deberes (Art. 41 D.F.L. Nº 2,
de 1967).
En el evento de vulnerarse alguna de estas prohibiciones y este hecho afectare al
ciudadano scalizado, podrá dirigirse siempre, por escrito, al Jefe Superior Jerárquico
del scalizador, con los antecedentes de respaldo pertinentes, para los efectos de
que se adopten las medidas pertinentes, con el n de perseguir eventuales respon-
sabilidades administrativas.
3. LOS DERECHOS Y DEBERES DEL CIUDADANO FISCALIZADO
3.1 Los derechos del ciudadano scalizado:
a) Derecho a exigir la acreditación del scalizador y a ser noticado del comienzo del
proceso de scalización, con la indicación de las disposiciones legales en que éste
se sustenta (Arts. 3º y 11 bis incisos 1º y 2º Ley Nº 18.575).
El ciudadano scalizado siempre tendrá el derecho a comunicarse con la Inspección
del Trabajo de la que dependa el funcionario scalizador en caso de duda respecto
de la identicación exhibida.
b) Derecho a recibir un ejemplar del formulario inicio de la scalización (Arts. 3º y 11
bis incisos 1º y 2º Ley Nº 18.575);

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