Los derechos fundamentales del trabajador y la buena fe en el debate español - Núm. 36, Agosto 2011 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 648751953

Los derechos fundamentales del trabajador y la buena fe en el debate español

AutorJosé Luis Ugarte Cataldo
CargoProfesor asociado de Derecho del Trabajo de la Universidad Diego Portales
Páginas141-164
141L            
A
e reception of the matter of the
fundamental rights of the employee in the
company has generated several juridical
debates, important for the Labor Law.
One of them is the possibility that the
exercise of said rights by the worker is
limited by the requirements arising from
the principle of contractual good faith.
A community where such a discussion
has had special importance is the Spanish
labor doctrine. e revision of this debate
on the role of the good faith regarding
the exercise of the fundamental rights
of employees is the aim of this article,
especially in terms of the proportionality
principle.
* Profesor asociado de Derecho del Trabajo de la Universidad Diego Portales. Di-
rección postal: Antonio Bellet 305, departamento 103, Providencia (Santiago), Chile.
Dirección electrónica: jose.ugarte@udp.cl
R
La recepción del tema de los derechos
fundamentales del trabajador al interior
de la empresa ha generado diversos deba-
tes jurídicos relevantes para el Derecho del
trabajo. Uno de ellos es el de la posibilidad
de que el ejercicio de esos derechos por
parte del trabajador quede limitado por
las exigencias derivadas del principio de
buena fe contractual. Una comunidad
donde esa discusión ha tenido especial
importancia es en la doctrina laboral
española. La revisión de ese debate sobre
el rol de la buena fe en relación al ejerci-
cio de los derechos fundamentales de los
trabajadores es el objeto de este artículo,
especialmente desde la perspectiva del
principio de proporcionalidad.
Revista de Derecho
de la Ponticia Universidad Católica de Valparaíso
XXXVI (Valparaíso, Chile, 2011, 1er Semestre)
[pp. 141 - 164]
L   
      
 
[“e Fundamental Rights of the Employee and Good Faith in the Spanish
Debate”]
J L U C*
Universidad Diego Portales, Santiago, Chile
J L U C142 R  D XXXVI (1er S  2011)
P 
Derechos fundamentales – Buena
fe contractual – Principio de proporcio-
nalidad.
K
Fundamental rights – Contractual
good faith – Proportionality principle.
[R el 7 y  el 29 de abril de 2011].
I. L “”    
    
La existencia de derechos fundamentales cruzados y potencialmente
conictivos entre las partes del contrato de trabajo, genera la cuestión acer-
ca de cómo se incorporan dichos derechos en la relación jurídico laboral y,
particularmente si su ejercicio es compatible con las exigencias propias de ese
tipo de relaciones privadas, como lo son, entre otras, las de la buena fe. Este
problema se relaciona con una duda previa: ¿corresponden estos derechos
fundamentales a posiciones que se incorporan al contenido prescriptivo del
contrato de trabajo o se trata más bien de posiciones no contractuales –en
este caso constitucionales– que operan desde fuera del contrato?
La disputa no gira en torno al origen de dichos derechos, ya que nadie
niega su fuente directa como son las normas constitucionales, sino su modo
de operar dentro de la relación laboral. Por un lado, si como posiciones o
poderes que se integran al contenido del contrato, y de ahí que se hable de
derechos fundamentales “contractualizados”; o, por el contrario, como po-
siciones o poderes que operan desde el exterior, irradiando e imponiéndose
al resto del contenido contractual.
La primera posición supone sostener que los derechos fundamentales
“complementan el contenido del contrato, inuyen en su dinámica y en
la interpretación y aplicación de las normas laborales y en particular de los
principios y cláusulas generales, muy en especial de la buena fe”1.
En el segundo caso, la doctrina arma que “los derechos fundamentales
inespecícos no están en el contrato de trabajo, sino que actúan desde fuera
de él en el ámbito de la empresa”2. Se dice entonces, que el “trabajador lleva
así a la relación laboral unos derechos, inherentes a su persona, que son pre-
1 R-P B-F, La integración de los derechos fundamen-
tales en el contrato de trabajo, ahora en S-N, A. (editor) El modelo
social en la Constitución Española (Madrid, Ministerio del Trabajo y Asuntos Sociales,
2003), p. 213.
2 O, A., Equilibrio de intereses y bloque de constitucionalidad personal en la em-
presa, en Revista de Derecho Social, 35 (2006), p. 16.

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